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  • 31-03-2014
  • TECNOLOGÍA

14.20 SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LAS SOLICITUDES DE PATENTES Y MODELOS DE UTILIDAD

(Convocatoria año 2014)

La Oficina Española de Patentes y Marcas ha abierto el plazo para solicitar ayudas para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad para el año 2014. Esta convocatoria consta de dos programas:

  1. Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior:

Las ayudas se concederán, en su caso, por la realización de alguna de las siguientes actividades, que serán compatibles entre sí:

a)     La extensión de una solicitud de patente y modelo de utilidad. Serán subvencionables los trámites siguientes:

1º     La solicitud de una patente o de un modelo de utilidad.

2º     La validación de una patente europea.

3º     La búsqueda de anterioridades en el Estado de la Técnica.

4º     El examen de la solicitud de patente.

5º     La concesión de la patente.

6º     La designación de países, el exceso del número de reivindicaciones y las anualidades ante la Oficina Europea de Patentes (EPO).

7º     La traducción de las memorias completas de las solicitudes de patentes o de modelos de utilidad con objeto de presentar la misma ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes. Dicha traducción se subvencionará por una cuantía de referencia de 700 euros por traducción de cada solicitud de patente.

b)     Las actividades realizadas dentro del procedimiento internacional PCT. Serán subvencionables los siguientes trámites:

1º     La solicitud internacional PCT cuando la OEPM haya actuado en calidad de Oficina Receptora.

2º     La búsqueda internacional cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Búsqueda Internacional.

3º     El examen preliminar internacional cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Examen Preliminar Internacional.


 

En ningún caso, serán objeto de subvención las validaciones de patentes europeas en España o las entradas en fase nacional en España, ni las traducciones al castellano.

Se entederán realizadas las actividades subvencionables cuando se acredite la realización de los trámites indicados en el apartado 1 anterior y siempre que supongan el pago de una tasa, salvo en el caso 1.a)7ª en que únicamente habrá que acreditar la presentación de la traducción.

El importe máximo de las ayudas concedidas será de 60.000 euros para cada uno de los solicitantes, salvo en el caso de la PYME en que el importe máximo será de 65.000 euros.

Las actividades objeto de subvención son aquellas cuyo gasto se haya realizado desde el 5 de julio de 2013 hasta el 25 de abril de 2014.

  1. Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles.

Podrán ser subvencionadas la realización de alguna de las siguientes actividades:

1º     La solicitud de un modelo de utilidad español.

2º     La solicitud y la realización del informe de búsqueda de anterioridades en el Estado de la Técnica (IET) para las solicitudes de patentes españolas.

3º     La solicitud de una patente española prioritaria de una solicitud internaiconal PCT cuyo Informe de Búsqueda Internacional (IBI) se haya realizado con anterioridad al Informe sobre el Estado de la Técnica (IET).

Se entenderán realizadas las actividades subvencionables cuando se haya publicado el modelo de utilidad o la solicitud de patente junto con el informe sobre el Estado de la Técnica (IET) en el “Boletín Oficial de la Propiedad Industrial”, de la OEPM, siempre que supongan el pago de una tasa.

En ningún caso serán objeto de subvención las validaciones de patentes europeas en España o las entradas en fase nacional en España de solicitudes internacionales PCT.

El importe máximo individualizado de las ayudas concedidas será de 65.000 euros para cada uno de los solicitantes.

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el día 25 de abril de 2014.

Les recordamos que desde INVEMA les podemos ayudar a gestionar las solicitudes. Si desean contar con nuestro apoyo, rogamos nos lo hagan saber lo antes posible, con el fin de ir agilizando la documentación necesaria.

En caso de precisar más información, por favor, no duden en ponerse en contacto con nosotros (Tlf.: 943 30 90 07 – e-mail: invema@invema.es).

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