Asociación de fabricantes de maquina herramienta.
Asociación de fabricantes de maquina herramienta.

Política de privacidad

Este sitio Web utiliza cookies propias y de terceros con objeto de mejorar la experiencia de navegación. Si continúa navegando estará aceptando de forma expresa el uso de estas cookies. Puede obtener más información en nuestra página de Uso de Cookies.

Acepto
COMUNICADOS
BIENVENIDO ACCEDER

COMUNICADOS

  • 28-10-2016
  • TECNOLOGÍA

16.00 DOBLE USO. LEGISLACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE EXPORTACIÓN A IRÁN

Desde AFM queremos recordarles cual es la situación actual en materia de exportación a Irán de productos sometidos a control de doble uso o por embargos del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, en adelante CSNU.

Situación tras el levantamiento de las sanciones a Irán:

Lo que la empresa debe verificar es:

1º. Comprobar si está afectado por el Reglamento de Doble Uso y actuar en consecuencia.
2º. Comprobar el Reglamento Europeo (UE) nº 267/2012 del Consejo de 23 de marzo de 2013 (modificados por los Reglamentos 2015/1861 y 2016/1375) - restricciones a la exportación y la importación a Irán. A considerar:
a) El producto a comercializar.
a.1 Anexo I del Reglamento 2015/1861 - comprende los productos considerados de doble uso, que provienen de las listas de control del Grupo de Suministradores Nucleares PERMITIDA SU EXPORTACIÓN CON AUTORIZACIÓN DEL CSNU.
a.2 Anexo II del Reglamento 2015/1861 - listado adicional de productos: otras MH, ... PERMITIDA SU EXPORTACIÓN CON LICENCIA DE EXPORTACIÓN.
a.3 Anexo III del Reglamento 2015/1861 - comprende los productos considerados de doble uso, que provienen de las listas de control de tecnología de misiles - PROHIBIDA SU EXPORTACIÓN A IRÁN.

b) La persona física o jurídica a la que dirigen los productos, no deben estar listada en los Anexos 7, 8, 9, ... del Reglamento, ni debe ser de dudosa actividad. Estas entidades son actualizadas continuamente por nuevos reglamentos.
c) Las transacciones financieras, teniendo especial cuidado con no incurrir en la financiación de determinadas empresas.

Procedimiento de exportación

Reglamento de Doble Uso 2015/2420. Si una máquina está dentro de las consideradas de doble uso, hay que presentar el documento "End user doble uso.pdf".
Caso específico de Irán: se rige por el reglamento de la UE 2015/1861.

Anexo 1, documentos a presentar:
- Iran end user certificate.
- Iran application form.
- Se requiere membrete, sello y firma del Ministerio de Industria y Minas de Irán.

Anexo 2, documentos a presentar:
- Iran end user certificate.
- No se requiere membrete del Ministerio o cualquier autoridad iraní, pero sí sello y firma - asunto problemático.

En la web de la Secretaría de Estado de Comercio, en el apartado de "Material de Defensa y Doble Uso" se encuentra información actualizada sobre embargos vigentes (click aquí)

RELACIONADOS

  • 24-04-2025
  • TECNOLOGÍA

UPTEK 25.06 B ACCELERATION WEEK 2025

  • 24-04-2025
  • TECNOLOGÍA

CAV 25.25 PROGRAMA GAUZATU-INDUSTRIA. CONVOCATORIA 2025

  • 24-04-2025
  • TECNOLOGÍA

CAV 25.24 GIPUZKOA. CONVOCATORIA DE AYUDAS GIPUZKOA DIGITALA. PRODUCTO 4.0

  • 10-04-2025
  • TECNOLOGÍA

UPTEK 25.05 CALL FOR STARTUP CHALLENGE