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  • 26-12-2018
  • FINANCIACIÓN Y SUBVENCIONES

18.85 PROGRAMA REINDUS 2018. PUBLICACIÓN DE CONVOCATORIA

El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo publicó en el BOE de fecha 20 de diciembre, la convocatoria del Programa REINDUS 2018 "Reindustrialización y Fortalecimiento de la Competitividad Industrial".
La finalidad de este apoyo financiero es el impulso del desarrollo industrial a través de la mejora empresarial y la eficiencia de los sectores productivos, prestando especial atención a aquellas empresas que incorporen tecnologías avanzadas en sus productos y procesos, generen empleo cualificado con la mayor aportación posible de valor añadido y, en definitiva, contribuyan a aumentar la exportación.

Plazo de presentación
21/12/18 – 31/01/2019

Actuaciones subvencionables
- Creación de establecimientos industriales: inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto del territorio nacional.
- Traslado: cambio de localización de una actividad de producción previa hacia cualquier punto del territorio nacional.
- Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción: realización de inversiones de adquisición de equipos, que permitan la modernización de líneas de producción existentes, o generen la implantación de nuevas líneas de producción, en establecimientos industriales que ya están en producción en el momento de la solicitud.
- Implementación productiva de tecnologías de la “Industria Conectada 4.0.”: realización de inversiones de adquisición de activos fijos materiales en establecimientos industriales que ya están en producción en el momento de la solicitud, para la implementación de soluciones de hibridación del mundo físico y digital (sistemas inteligentes, low-end y embebidos, sensores, wearables, e-tags, realidad virtual e impresión 3D, robótica y vehículos no tripulados dentro del establecimiento industrial) de los procesos de producción, que al menos integre una línea de producción completa.

Quedan fuera las meras sustituciones de maquinaria y/o una parte de sus componentes o elementos auxiliares de producción, así como las reparaciones y acciones de mantenimiento.

Beneficiarios
Las sociedades que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva, con independencia de su tamaño.

Gastos financiables
1. Creación o traslado de establecimientos industriales
    - Obra Civil: inversiones materiales en urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos.
    - Edificación: inversiones materiales para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
    - Adquisición de aparatos y equipos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior.

La suma de los conceptos de obra civil y edificación no podrá superar el 70 por ciento del presupuesto financiable total.

2. Mejoras y/o modificaciones en la línea de producción
    - Obra Civil: inversiones materiales en urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos.
    - Edificación: inversiones materiales para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
    - Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior.
    - Ingeniería de proceso de producción: gastos de personal propio y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos. Queda expresamente excluida cualquier forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.

La suma de los conceptos de obra civil y edificación no podrá superar el presupuesto de aparatos y equipos directamente vinculados a la producción.

El gasto imputado en la partida de ingeniería de proceso de producción no podrá superar el 30 por ciento del presupuesto de adquisición de aparatos y equipos de producción. Dentro de esta partida, los gastos de personal propio se limitarán al 5 por ciento del presupuesto de adquisición de aparatos y equipos de producción.

3. Implementación productiva de tecnologías de la “Industria Conectada 4.0.”
    - Obra Civil: inversiones materiales en urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos.
    - Edificación: inversiones materiales para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
    - Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior; y adquisición de software específico de soluciones de hibridación o conectividad digital de los procesos de producción.
    - Ingeniería de proceso de producción: gastos de personal propio y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos. Queda expresamente excluida cualquier forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.

La suma de los conceptos de obra civil y edificación no podrá superar el presupuesto de aparatos y equipos directamente vinculados a la producción.

El gasto imputado en la partida de ingeniería de proceso de producción no podrá superar el presupuesto de adquisición de aparatos y equipos de producción. Dentro de esta partida, los gastos de personal propio se limitarán al 15 por ciento del presupuesto de adquisición de aparatos y equipos de producción.

Requisitos
Los proyectos, para que sean financiables, deberán tener un presupuesto financiable mínimo de 100.000 euros.

Sólo se considerarán gastos financiables los imputables a los proyectos de inversión que se produzcan a partir del 1 de enero de 2018 y hasta un plazo máximo de dieciocho meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.

Características de los préstamos
Importe máximo del préstamo
Será del 75 por ciento sobre el presupuesto financiable.

Plazo máximo de amortización
Diez años, con un plazo de carencia de tres años.

Tipo de interés
El tipo de interés será único y se fijará en el momento de efectuar la convocatoria.

Garantías exigidas
Se exigirán garantías antes de la Resolución de concesión. El porcentaje de garantía dependerá de la clasificación financiera del solicitante que podrá ir desde el 10% para aquellas que tengan una categoría de excelente hasta el 70% para aquellas que estén en la categoría de satisfactoria.

Para más información o aclaración al respecto, pueden contactar con INVEMA (Tlf.: 943 30 90 09 - invema@invema.es)

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