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  • 29-03-2019
  • DOBLE USO

19.16 DOBLE USO. EXPORTACIÓN A REINO UNIDO

Se ha publicado en el DOUE (Diario Oficial de la Unión Europea) el Reglamento (UE) 2019/496 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de marzo de 2019 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 428/12009 del Consejo mediante la concesión de una autorización general de exportación de la Unión para la exportación de determinados productos de doble uso de la Unión al Reino Unido.

Habida cuenta de la urgencia provocada por las circunstancias de la retirada del Reino Unido de la Unión, se ha visto necesario permitir la rápida aplicación de dicho Reglamento en lo que respecta a la inclusión del Reino Unido en la autorización general de exportación de la Unión nº EU001.

El Reino Unido únicamente debe ser añadido a la lista de destinos a los que se aplica la autorización general de exportación de la Unión nº EU001 en caso de que no haya entrado en vigor ningún acuerdo de retirada celebrado con el Reino Unido.

Por lo tanto, la modificación del anexo IIa del Reglamento (CE) nº 428/2009 quedaría de la siguiente manera:

a) Exportaciones a Australia, Canadá, Japón, Nueva Zelanda, Noruega, Suiza, incluido Liechtenstein, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Estados Unidos de América.

El presente Reglamento entrará en vigor el día 28 de marzo de 2019.

No será aplicable en el caso de que haya entrado en vigor un acuerdo de retirada celebrado con el Reino Unido.

Para cualquier aclaración al respecto, contacten directamente con INVEMA (Tlf.: 943 30 90 09 - invema@invema.es)


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