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  • 09-06-2022
  • España

22.39 PROGRAMA TECNOLÓGICO AERONÁUTICO. CONVOCATORIA DE AYUDAS 2022

El CDTI (Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial) ha hecho pública la convocatoria del Programa Tecnológico Aeronáutico (PTA). Este programa se enmarca dentro del Programa Estatal para Catalizar la Innovación y el Liderazgo Empresarial, y a su vez en el Subprograma Estatal de I+D+i Empresarial.

1. Objeto
Los proyectos objeto de ayuda serán proyectos de I+D empresarial en cooperación. Los proyectos deberán encuadrarse en los siguientes retos tecnológicos:
1. Tecnologías enfocadas a la reducción de emisiones: avión cero emisiones.
2. UAS 
3. Sistemas
4. Fabricación inteligente y avanzada: Digitalización

Los proyectos deberán acogerse a una de las siguientes categorías: "PTA Grandes Empresas" , "PTA PYMEs" o "PTA Grandes Proyectos Estratégicos".

2. Plazo de presentación de solicitudes
Hasta el 28 de julio de 2022

3. Beneficiarios
- Agrupaciones constituidas por empresas.
- Los miembros de la agrupación deberán suscribir previo a la formulación de la solicitud, un acuerdo interno que regule su funcionamiento.
- Ninguna de las empresas autónomas de la agrupación podrá superar el 60% del presupuesto elegible del proyecto. En el caso de grandes proyectos estratégicos dicho límite será del 70%.

A) PTA GRANDES EMPRESAS

Presupuesto
Los proyectos deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 4.500.000 euros y máximo 12.000.000 euros. El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 500.000 euros en el caso de gran y mediana empresa y de 250.000 euros en el caso de pequeña empresa.

Duración
Los proyectos deberán ser plurianuales y parte de los mismos deberá realizarse en el año 2022, en todo caso, se deberá solicitar ayuda para 2022. Los proyectos deberán finalizar el 30 de junio de 2025.

Tamaño de la agrupación
Mínimo de tres y un máximo de seis empresas; al menos dos de ellas deberán ser autónomas entre sí.

Composición de la agrupación
La empresa representante de la agrupación deberá ser gran empresa, y al menos, uno de los socios deberá ser una pyme.

B) PTA PYMES

Presupuesto
Los proyectos deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 2.000.000 euros y máximo 5.000.000 euros. El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 200.000 euros.

Duración
Los proyectos deberán ser plurianuales y parte de los mismos deberá realizarse en el año 2022, en todo caso se deberá solicitar ayuda para 2022. Los proyectos deberán finalizar el 31 de diciembre de 2024 ó 30 de junio de 2025.

Tamaño de la agrupación
Mínimo de dos y un máximo de cuatro empresas; al menos dos de ellas deberán ser autónomas entre sí.

Composición de la agrupación
La empresa representante de la agrupación deberá tener consideración de PYME y el resto de los socios deberá tener la consideración de PYME.

B) PTA PROYECTOS ESTRATÉGICOS
Los proyectos deberán encuadrarse exclusivamente en el subreto tecnológico "Investigación de nuevas tecnologías y demostradores de sistemas embarcados para la utilización de hidrógeno en aeronaves".

Presupuesto
Los proyectos deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 20.000.000 euros y máximo 35.000.000 euros. El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 1.000.000 euros en el caso de gran y mediana empresa y de 500.000 euros en el caso de la pequeña empresa.

Duración
Los proyectos deberán ser plurianuales y parte de los mismos deberá realizarse en el año 2022, en todo caso se deberá solicitar ayuda para 2022. Los proyectos deberán finalizar el 31 de diciembre de 2024 ó el 30 de junio de 2025.

Peso de las actividades de investigación industrial
El porcentaje en el presupuesto elegible deberá ser, al menos, del 50%.

Subcontratación
Se exige que, al menos, el 15% del presupuesto elegible se subcontrate a organismos de investigación.

Tamaño de la agrupación
Mínimo de tres y un máximo de cuatro empresas; al menos dos de ellas deberán ser autónomas entre sí.

Composición de la agrupación
La empresa representante de la agrupación deberá tener consideración de gran empresa y al menos, uno de los socios deberá ser una pequeña o mediana empresa.

4. Características de las ayudas
Las ayudas de esta convocatoria consistirán en subvenciones.

5. Intensidad máxima de la ayuda
En actividades de investigación industrial la intensidad de la ayuda podría alcanzar hasta el 80% en el caso de pequeñas empresas, 75% para las medianas empresas y el 65% para grandes empresas.
En actividades de desarrollo experimental la intensidad de la ayuda podría alcanzar hasta el 60% en el caso de pequeñas empresas, 50% para las medianas empresas y el 40% para grandes empresas.

6. Costes elegibles

a) Costes de personal
b) Costes de instrumental y material inventariable
c) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas, los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto, con un límite máximo de 15.000 euros por anualidad.
d) Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.
e) El gasto derivado del informe hasta 1.500 euros por beneficiario y anualidad, realizado por un auditor, cuando se requiera su aportación en la fase de justificación.

7. Subcontratación
El coste global de actividad subcontratada por beneficiario no podrá ser superior al 50% del presupuesto elegible de dicho beneficiario

8. Efecto incentivador de las ayudas
Se considerará que las ayudas tienen efecto incentivador si, antes de comenzar la actividad, el beneficiario ha presentado una solicitud de ayuda a la presente convocatoria. Los estudios de viabilidad previos, no incluidos en la solicitud no se tendrán en cuenta para la determinación de la fecha de inicio de la actividad.

9. Pago de la ayuda
El pago se realizará por anualidades, en una combinación de pago fraccionado, de forma anticipada, a cuenta, y pago con posterioridad a la realización de la actividad. Tras dictarse resolución de concesión definitiva, el representante de la agrupación podrá solicitar el pago anticipado de hasta el 60% de la subvención concedida para la primera anualidad. El pago anticipado de las siguientes anualidades queda condicionado a la presentación de la documentación justificativa de la anualidad anterior. Los beneficiarios no deberán constituir garantía alguna.

AFM ofrece el servicio de gestión de ayudas, desde el encaje de proyectos en los programas idóneos de financiación y redacción de memorias, hasta la tramitación administrativa de los expedientes, por lo que no duden en contactar con nosotros en caso de estar interesados en este apoyo (Tlf.: 943 30 90 09 - afm@afm.es )

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