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  • 23-06-2022
  • España

22.43 CONCESIÓN DE AYUDAS PÚBLICAS A PROYECTOS EN LÍNEAS ESTRATÉGICAS DEL PEICTI 2021-203

El Ministerio de Ciencia e Innovación ha hecho pública la convocatoria de ayudas públicas a proyectos en líneas estratégicas, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023.
Objetivo
Financiar proyectos de investigación industrial en colaboración entre empresas y organismos de investigación con la finalidad de dar respuesta a los desafíos identificados en las prioridades temáticas (topics).

Plazo de presentación de solicitudes
5 de julio de 2022

Regimen de concesión
Concurrencia competitiva

Requisitos de las entidades beneficiarias
Organismos públicos de investigación, Universidades públicas, Institutos de investigación sanitaria, otros centros públicos de I+D, Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, otros centros privados de I+D, empresas y asociaciones empresariales sectoriales.

Características de los proyectos
Los proyectos objeto de ayuda de la presente convocatoria serán proyectos de investigación industrial realizados en colaboración. Los proyectos presentados deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Cuantía. El presupuesto mínimo del proyecto será de 400.000 euros y máximo de 2.000.000 de euros.
b) Duración. Los proyectos tendrán una duración de tres años y comenzarán su ejecución en la fecha indicada en la solicitud. En cualquier caso, la fecha de inicio deberá ser posterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y estar comprendida a lo largo del año 2022.
c) Participación: El proyecto deberá contar con la participación de un mínimo de dos entidades, siendo obligatorio que una de las entidades participantes sea un organismo de investigación público o privado, y que otra sea empresa. La participación mínima por entidad será del 10% del presupuesto total del proyecto. Para ser participante en el consorcio, se deberá presentar presupuesto y solicitar ayuda. La participación máxima por parte de una entidad podrá ser de hasta el 70% del presupuesto total del proyecto.
d) Ejecución: un único periodo de ejecución sin anualidades.
e) Memoria: en inglés
d) Actividad. Los proyectos no podrán implicar actividades que directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente «principio DNSH»

Efecto incentivador
Las ayudas tienen efecto incentivador si la solicitud de ayuda se ha presentado antes del comienzo del proyecto.
Se produce un efecto incentivador cuando las ayudas cambian el comportamiento de una empresa de tal manera que ésta emprenda actividades complementarias que no realizaría, o que, sin las ayudas, realizaría de una manera limitada o diferente.

Conceptos financiables
1. Costes de personal propio y en el caso de aparatos y equipos, sólo serán financiables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, tanto de los aparatos y equipos nuevos como usados.
2. Costes de adquisición y amortización de activos materiales, como instrumental, equipamiento científico-técnico e informático y otros elementos necesarios para la actuación. Se podrá financiar la adquisición o amortización del equipamiento necesario para la realización proyecto, excluyendo los dispositivos informáticos de uso genérico (PC, ordenadores portátiles, impresoras…).
3. Costes de adquisición de material fungible, suministros y productos similares directamente derivados de la realización del proyecto.
4. El gasto derivado del informe realizado por un auditor de cuentas. un límite máximo de 2.500 euros por beneficiario.
5. Costes de patentes (no para grandes empresas)
6. Costes de consultoría de gestión del proyecto. Con un límite máximo de 20.000 euros
7. Contratos y asistencias técnicas.
8. Costes de movilidad
9. Los costes indirectos se consideran como gastos generales asignados al proyecto. Los costes indirectos se calcularán, con arreglo a las buenas prácticas contables, como un porcentaje fijo de hasta el 15  % sobre los gastos directos del proyecto.
10. Para las empresas y asociaciones empresariales sectoriales los costes indirectos se calcularán teniendo en cuenta el coste real de los gastos generales del beneficiario contabilizados en el último ejercicio cerrado y la proporción entre el coste de personal imputado a la actuación y el coste total del personal de dicho beneficiario, con un límite del 25% del gasto de mano de obra de la actuación por entidad y por anualidad.
11. El presupuesto global de la actividad subcontratada por participante no podrá ser superior al 50  % del presupuesto de dicho participante y deberán cumplir con el «principio DNSH».

Modalidad de financiación, cuantía de las ayudas y garantías.
- Las ayudas se concederán bajo la modalidad de subvención o la de préstamo.
- Las empresas pertenecientes al sector privado sólo podrán obtener ayuda en forma de préstamo. El importe máximo del préstamo podrá cubrir hasta el 95 % de los costes financiados a la entidad.
- Las asociaciones empresariales sectoriales recibirán ayuda en forma de préstamo. El importe máximo del préstamo podrá cubrir hasta el 95 % de los costes financiados a la entidad, de subvención.
- Los organismos de investigación privados recibirán las ayudas en la modalidad de subvención.
- La intensidad de ayuda máxima para las empresas dependerá de su tamaño:
   a) Para las pequeñas empresas la intensidad de ayuda máxima será del 80%.
   b) Para las medianas empresas la intensidad de ayuda máxima será del 75%
   c) Para las grandes empresas, la intensidad de ayuda máxima será del 65%.

Los préstamos tendrán las siguientes características:
a) Tipo de interés: Para el cálculo del tipo de interés al que se concede el préstamo se utilizará como referencia el euríbor a un año publicado por el Banco de España el mismo día del mes anterior al de publicación de la convocatoria, o en su caso el primer día siguiente hábil. Si éste fuera negativo, el interés aplicable será el 0  %.
b) Plazo fijo de carencia: Tres años.
c) Plazo máximo de devolución: Siete años.
d) Plazo máximo de amortización: Diez años.

Garantías
Las ayudas concedidas en la modalidad de subvención no necesitarán la presentación de ningún tipo de garantía para su concesión.
- Cuando el préstamo total concedido a un beneficiario por proyecto sea mayor de 200.000 euros, el beneficiario estará obligado a la presentación de garantías por el 25 % del principal del préstamo concedido. Para el pago de cada anualidad deberá presentarse la garantía correspondiente al 25 % del principal del préstamo concedido en dicha anualidad.
- Cuando el préstamo total concedido al proyecto sea mayor de 1.000.000 de euros, todos los beneficiarios que reciban préstamo estarán obligados a la presentación de garantías por el 25  % del principal del préstamo concedido a cada beneficiario. Para el pago de cada anualidad deberá presentarse la garantía correspondiente al 25 % del principal del préstamo concedido en dicha anualidad.
- Los beneficiarios que estén obligados a ello deberán constituir la garantía correspondiente para el libramiento de pago de la primera anualidad en el plazo de treinta días naturales desde la notificación de la resolución de concesión.
- Para el pago de los libramientos posteriores a la primera anualidad los beneficiarios obligados a ello deberán constituir cuando sea requerida la correspondiente garantía.
- Las garantías se liberarán cuando la cantidad pendiente de devolver, de acuerdo a los pagos establecidos en el cuadro de amortización notificado con la resolución de concesión sea inferior a la garantía presentada. La liberación se hará proporcionalmente a las cuotas amortizadas.

Pago de las ayudas
- Las ayudas en cualquiera de sus formas serán siempre abonadas anticipadamente tras dictarse la resolución de concesión estimatoria.
- El pago de la ayuda se realizará individualmente a cada uno de los participantes en el proyecto.

Prioridades temáticas (topics)
I. Relación de prioridades temáticas
1. Desarrollo de nuevas estrategias para hacer frente a la resistencia antibiótica.
2. Nanomateriales para aplicaciones tecnológicas y biomédicas.
3. Métodos físicos seguros para diagnóstico y tratamiento de enfermedades.
4. Nuevos enfoques para comprender los mecanismos y establecer nuevas estrategias para la inmunoterapia del cáncer de tumores sólidos.
5. Gerociencia y geroterapéutica; bases moleculares del envejecimiento saludable y prevención de las enfermedades del envejecimiento.
6. Cuidados de largo plazo: mejoras en información, conocimiento y mecanismos de provisión.
7. Promoción del bienestar individual y social a través de nuevas tecnologías y enfoques analíticos.
8. Privacidad en línea, discriminación de precios y revelación de información por parte de los consumidores.
9. Predicción de catástrofes naturales.
10. Captura, almacenamiento y valorización de CO2.
11. Reducir el consumo futuro de energía y las emisiones de gases de efecto invernadero en la industria.
12. Nuevos métodos de almacenamiento, transporte y transmisión de energía para sistemas autónomos.
13. Mejora de la sostenibilidad agrícola a escala territorial basada en los principios agroecológicos y en laboratorios vivientes.
14. Desarrollo e integración de aplicaciones fotovoltaicas: Agrovoltaica y solar flotante.
15. Desarrollo de nuevos métodos alternativos para reducir la experimentación animal.
16. Desarrollo de tecnologías habilitadoras para la industria 4.0: procesos de fabricación avanzada.
17. Transición digital en el sector agroalimentario.
18. Enseñanza y cultura del español y lenguas cooficiales.

AFM Cluster ofrece el servicio de gestionar todas estas ayudas, desde el encaje de proyectos en los programas idóneos de financiación y redacción de memorias, hasta la tramitación administrativa de los expedientes, por lo que no duden en contactar con nosotros en caso de estar interesados en recibir este apoyo.

Para cualquier tipo de duda o ampliación de la información, no duden en ponerse en contacto con nosotros (Tlf.: 943 30 90 09 - afm@afm.es)

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