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  • 15-12-2022
  • España

22.65 CONVOCATORIA DE AYUDAS AL IMPULSO DE LA ECONOMÍA CIRCULAR

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha hecho pública la convocatoria de ayudas al impulso de la economía circular.

Objetivo
La concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de proyectos y actuaciones que contribuyan de forma sustancial a la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales, con el fin de mejorar la competitividad e innovación del tejido industrial en el marco de una economía circular.

Beneficiarios
1. Las personas jurídicas de derecho privado con personalidad jurídica propia.
2. Las entidades de economía social.
3. Las agrupaciones de las anteriores siempre que estén participadas por, al menos, una PYME, Start-up o entidad de economía social, sin necesidad de que dichas agrupaciones dispongan de personalidad jurídica propia diferente de las entidades que las compongan.

Plazo de presentación de solicitudes
Hasta el 21 de enero de 2023

¿Qué tipo de solvencia se necesita?
Únicamente se necesitará solvencia técnica, no siendo necesaria solvencia económica. Se entiende por solvencia técnica que la entidad se haya constituido, al menos, un año antes de la entrada en vigor de la convocatoria de ayudas. La solvencia técnica se acreditará mediante la presentación de la certificación de la inscripción correspondiente en el Registro Mercantil o en el que corresponda. En el caso de nuevas empresas procedentes de una operación de fusión o transformación se entenderá que queda acreditada la solvencia si la cumpliese, al menos, uno de los miembros iniciales.
En el caso de agrupaciones, la solvencia técnica se entenderá acreditada si se cumple por la entidad que ejecute la actividad principal del proyecto.

¿En qué consiste el principio DNSH?
El principio de “no causar un perjuicio significativo” al medio ambiente, DNSH por sus siglas en inglés (“Do No Significant Harm”), es una condición definida por la Comisión Europea que asegura que las actuaciones y proyectos que opten a la financiación de fondos europeos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) no afectan negativamente a uno o varios de los seis objetivos medioambientales:
1. Mitigación del cambio climático
2. Adaptación del cambio climático
3. El uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos.
4. Economía circular.
5. La prevención y control de la contaminación.
6. La protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.

Cuantía de la ayuda
La ayuda, en forma de subvención, tendrá una cuantía total máxima de 10 millones de euros por proyecto y entidad, y un importe mínimo de 150.000 euros por proyecto y entidad, excepto en el caso de los estudios de viabilidad y proyectos de digitalización que tendrán una cuantía máxima de 5 millones de euros.
Consecuentemente, en el caso de agrupaciones, cada uno de los integrantes percibirá, al menos, 150.000 euros de ayuda y el proyecto subvencionado en su conjunto no podrá recibir más de 10 millones de euros de ayuda o 5 millones en el caso de estudios de viabilidad y proyectos de digitalización.

Intensidades de las ayudas (+info)

Plazo de ejecución de los proyectos
El plazo de ejecución máximo de los proyectos varía en función del importe de ayuda asignado, finalizando en las siguientes fechas:
a) 31 de diciembre de 2023 para proyectos con ayuda mayor o igual a 150.000 € y menor o igual a 400.000 €.
b) 31 de diciembre de 2024 para proyectos con ayuda mayor a 400.000 € y menor o igual a 2.500.000 €.
c) 31 de diciembre de 2025 para proyectos con ayuda mayor a 2.500.000 € y hasta 10.000.000 €.

Efecto incentivador
Las ayudas otorgadas han de cumplir el efecto incentivador, por lo que los proyectos deben iniciarse una vez presentada la solicitud. Sólo se permitirá realizar con anterioridad actuaciones preparatorias que no sean consideras como “inicio de los trabajos” (autorizaciones, permisos...), si bien sólo serán financiables los gastos realizados a partir de la solicitud del proyecto seleccionado.

Proyectos subvencionables
Serán subvencionables las actuaciones que contribuyan de forma sustancial a la transición hacia una economía circular en una de las siguientes categorías:
a) Reducción del consumo de materias primas vírgenes.
b) Ecodiseño y puesta en el mercado de productos realizados bajo esquemas de ecodiseño.
c) Mejora de la gestión de residuos.
d) Transformación digital de procesos a través de infraestructuras y sistemas.
Asimismo, serán subvencionables los proyectos de I+D que se hallen dentro de cualquiera de las categorías a), b) y c).

Costes subvencionables
a) Personal: 100% del coste laboral del personal contratado exclusiva y específicamente para la realización de la actividad objeto de la ayuda, debiendo contar este extremo en su contrato laboral. En el caso de proyectos de investigación y desarrollo abarcará hasta el 100% de los costes laborales de investigadores, técnicos y demás personal auxiliar contratado de exclusiva y específicamente para el proyecto.
b) Asistencia o servicios externos: siendo necesarios para la ejecución del proyecto, la entidad beneficiaria no pueda realizar por sí misma. Costes de ejecución de las obras, edificaciones, laboratorios y/o instalaciones cuando estas sean precisas y las realicen servicios externos al beneficiario hasta un máximo de 600€/m2. Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como costes de consultoría y servicios equivalentes.
c) Material inventariable: inversión en equipos, software y aparatos; arrendamientos de instalaciones y de material inventariable;  adquisición de derechos de patentes, licencias, know-how o conocimientos técnicos no patentados, así como las inversiones en material inventariable necesarias para procesos de servitización; costes de instrumental y material; costes de material de segunda mano; material fungible, incluidos suministros y productos similares; las acciones de comunicación del proyecto serán subvencionables hasta un máximo del 5% de la ayuda con un límite de 25.000 euros; gastos de auditoría, hasta un límite de un 5% de la ayuda hasta un máximo de 10.000 euros.

¿Qué tipos de proyectos de I+D serán subvencionables?
Actuaciones destinadas a la investigación y desarrollo e innovación que se hallen dentro de las categorías a), b) y c) dirigidas a:
- Proyectos de investigación industrial.
- Proyectos de desarrollo experimental.
- Estudios de viabilidad.
Un mismo proyecto no podrá abarcar más de una modalidad de las anteriores.
En el momento de la solicitud, estos proyectos habrán de contar con un informe de calificación de la naturaleza de las actividades emitido por una entidad independiente, o en su defecto, factura proforma correspondiente a dicho informe, que en todo caso será exigido en Fase de
Resolución.

¿Dónde se presentan las solicitudes?
Las solicitudes se dirigirán a la Fundación Biodiversidad, utilizando el formulario de solicitud que estará disponible para su cumplimentación y presentación en el portal Web de la Fundación Biodiversidad: https://fundacion-biodiversidad.es/buscador-de-convocatorias donde se  dispondrán los medios electrónicos de ayuda necesarios.

¿Cuántas solicitudes puede presentar una misma entidad?
Se admitirá un máximo de dos solicitudes por cada entidad, independientemente de que se presente de forma individual o agrupada. Se presentará una única solicitud por proyecto.

¿Qué puntuación mínima debe alcanzar la propuesta para optar a ser beneficiario?
En los criterios de valoración de la entidad/agrupación la puntuación mínima será de 15 puntos sobre 30 posibles y en los criterios de valoración del proyecto 35 puntos sobre 70 posibles. En el caso de no alcanzar la puntuación mínima en alguno de estos criterios, la solicitud quedará excluida.

Subcontratación
Las bases establecen un límite a la subcontratación del 50% del importe total del proyecto que es aplicable a todas las categorías excepto a la de d) digitalización, cuya subcontratación máxima podrá ser del 80%.

Garantías
Obligación de constituir una garantía cuyo importe debe cubrir al menos el 5% de la cantidad anticipada.

El AFM Cluster ofrece el servicio de gestión de ayudas, desde el encaje de proyectos en los programas idóneos de financiación y redacción de memorias, hasta la tramitación administrativa de los expedientes, por lo que no duden en contactar con nosotros en caso de estar interesados en recibir este apoyo.

En caso de precisar más información, por favor, pónganse directamente en contacto con AFM Cluster (Tlf.: +34 943 309 009 – e-mail: afm@afm.es )

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