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  • 12-01-2023
  • España

23.09 FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DEL PROGRAMA UNICO SECTORIAL 2023

La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales ha hecho pública la convocatoria de ayudas para la financiación de proyectos del programa UNICO SECTORIAL 2023.

Objetivo
Promover el desarrollo de un ecosistema entre empresas, operadores y resto de agentes implicados para facilitar la aplicación de la tecnología 5G de una manera ágil y rápida.

Beneficiarios
Entidades que deberán estar constituidas jurídicamente con anterioridad al 31 de diciembre de 2019: empresas (cualquiera que sea su forma jurídica), organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado, universidades, otros centros públicos de I+D, centros privados de I+D sin ánimo de lucro, centros tecnológicos de ámbito estatal, centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y organizaciones de apoyo a la transferencia tecnológica, difusión y divulgación tecnológica y científica.

Plazo de presentación de solicitudes
Desde el 13 de febrero hasta el 3 de marzo de 2023

Modalidades de participación
Los proyectos podrán desarrollarse de forma individual o en cooperación (el número de participantes estará limitado a un máximo de tres entidades).

Plazo de ejecución máximo
Se establece el 31 de diciembre de 2025 como fecha límite para la ejecución de los proyectos.

Características de la ayuda
- Las ayudas se instrumentarán en forma de subvención.
- Los proyectos deberán contar con un presupuesto mínimo de 1 millón de euros y un máximo de 15 millones de euros.

Intensidad máxima de ayuda
Para grandes empresas el 25%, para medianas empresas el 35% y para pequeñas empresas el 45% del coste subvencionable del proyecto.

La intensidad de la ayuda podrá aumentar en 15 puntos porcentuales los máximos para cada tipo de empresa si se cumple alguna de las siguientes condiciones:

1. Que el proyecto implique una colaboración efectiva:
- Entre empresas, siempre y cuando, al menos, una de ellas sea una PYME, o bien se desarrolle en, al menos, dos Estados miembros, o en un Estado miembro y en una Parte Contratante en el Acuerdo EEE, y que ninguna empresa corra por sí sola con más del 70 % de los costes subvencionables.
- Entre una empresa y uno o varios organismos de investigación y difusión de conocimientos, asumiendo estos como mínimo el 10 % de los costes subvencionables y teniendo derecho a publicar los resultados de su propia investigación.

2. Que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de datos de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.

Intensidades de ayudas máximas sobre los costes subvencionables
El 40% para grandes empresas, el 50% para medianas empresas y el 60% para pequeñas empresas.

Gastos subvencionables
- Gastos de personal
- Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado.
- Gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto.
- Otros gastos de funcionamiento, incluidos costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.

Los costes subvencionables computarán desde el momento de la fecha de inicio del proyecto, no pudiendo esta ser anterior a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

Subcontratación
No podrá superar el 30 % del importe del presupuesto financiable.

Garantías
Se requerirá la constitución de garantías por el 100% del importe de la ayuda concedida. El plazo para la constitución de las garantías será de 15 días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de la resolución de concesión.

Las garantías se constituirán ante la Caja General de Depósitos, exclusivamente bajo una de las siguientes modalidades:
1. Avales prestados por entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito o sociedades de garantía recíproca.
2. Seguros de caución otorgados por entidades aseguradoras.

Las garantías se liberarán tras la certificación final del proyecto, si en ella se acredita el cumplimiento total de los objetivos y condiciones del proyecto y la inversión válidamente justificada es igual a la inversión aprobada o, en caso contrario, tras el reintegro total o parcial de la ayuda.

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En las publicaciones, actividades de difusión, páginas web y otros resultados a los que pueda dar lugar el proyecto deberá mencionarse al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y a la Unión Europea - NextGenerationEU como entidades financiadoras. Además, se deberá incluir el logotipo oficial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Reino de España y el emblema de la Unión Europea acompañado del texto "Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU".

Obligaciones en materia de Medio Ambiente
Se ha de respetar el llamado principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés, “Do No Significant Harm”).

Por ello, el beneficiario de la ayuda debe prever los mecanismos que aseguren el cumplimiento en todas las fases del diseño y ejecución del proyecto. El incumplimiento de los requisitos para considerar que el proyecto no causa daño significativo al medioambiente (DNSH) supondrá el reintegro de la totalidad de la ayuda.

El Cluster AFM ofrece el servicio de gestionar todas estas ayudas, desde el encaje de proyectos en los programas idóneos de financiación y redacción de memorias, hasta la tramitación administrativa de los expedientes.

En caso de precisar más información al respecto, por favor, no duden en contactar con nosotros (943 309009 - afm@afm.es )

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