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  • 12-01-2023
  • España

23.10 AYUDAS PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE I+D EN 5G AVANZADO DEL PROGRAMA UNICO I+D 6G 2023

La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales ha hecho pública la convocatoria de ayudas para la financiación de proyectos de I+D en 5G avanzado del Programa Único I+D 6G 2023.

Objetivo
Tiene como finalidad la financiación de proyectos de investigación industrial y proyectos de desarrollo experimental en materia de 5G avanzado con un nivel de madurez tecnológica intermedio (TRLs 3 y 4 para proyectos de investigación industrial y TRLs 5 y 6 para proyectos de desarrollo experimental), liderados por empresas españolas.

Beneficiarios
Las empresas constituidas hasta el 31 de diciembre de 2019, que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en España, excepto las pertenecientes al sector público y las entidades sin ánimo de lucro que ejerzan actividad económica.
La empresa solicitante debe acreditar la solvencia económica y financiera, así como la solvencia técnica o profesional.

Plazo de presentación de solicitudes
Desde el 21 de marzo hasta el 13 de abril de 2023

Características de los proyectos
Los proyectos deberán desarrollarse en la modalidad individual
Los proyectos deberán tener un presupuesto mínimo de 300.000 euros y un máximo de 2 millones de euros

Plazo de ejecución máximo
Se establece el 30 de junio de 2025 como fecha límite para la ejecución de los proyectos.

Costes subvencionables
1. Gastos de personal.
2. Costes de servicios prestados por personal externo, contrataciones y subcontrataciones.
3. Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto.
4. Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado.
5. Gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto.
6. Costes indirectos: como máximo un 15% de los costes de personal del proyecto.
7. Gastos asociados al informe de auditoría contable y técnica elaborado por un auditor, hasta un máximo de 1.500 euros.
8. Gastos de capacitación profesional del personal imputado al proyecto en tecnologías asociadas al desarrollo, deberán justificarse mediante facturas y documentos de pago.
9. Gastos destinados a la protección mediante propiedad industrial de los activos intangibles obtenidos durante el desarrollo del proyecto: patentes, modelos de utilidad, diseño industrial, marcas u otras figuras.
10. Otros gastos de funcionamiento, incluidos costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.

Intensidad bruta máxima de la ayuda
Importes máximos de subvención, expresados como porcentaje del presupuesto financiable:
a) Proyectos de investigación industrial: 50% para grandes empresas, 60% para medianas empresas y 70% para pequeñas empresas.
b) Proyectos de desarrollo experimental: 25% para grandes empresas, 35% para medianas empresas y 45% para pequeñas empresas.

La intensidad de la ayuda podrá aumentar en 15 puntos porcentuales, hasta una intensidad máxima de ayuda del 80% de los costes subvencionables si se cumple la siguiente condición:
a) Que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de datos de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.

Subcontrataciones
La subcontratación podrá alcanzar hasta el porcentaje máximo del 30 % del presupuesto financiable.

Garantías
Se requerirá la constitución de garantías por el 100% del importe del pago anticipado de cada anualidad. Para el primer pago, el plazo para la constitución de las garantías será de 15 días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de la resolución de concesión. Para los pagos posteriores, el plazo de presentación de los resguardos será de 15 días naturales, contados desde el día siguiente al de la notificación de su requerimiento por el órgano instructor.

Las garantías se constituirán ante la Caja General de Depósitos, exclusivamente bajo una de las siguientes modalidades:
1. Avales prestados por entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito o sociedades de garantía recíproca.
2. Seguros de caución otorgados por entidades aseguradoras.

Las garantías se liberarán tras la certificación final del proyecto, si en ella se acredita el cumplimiento total de los objetivos y condiciones del proyecto y la inversión válidamente justificada es igual a la inversión aprobada o, en caso contrario, tras el reintegro total o parcial de la ayuda.

El Cluster AFM ofrece el servicio de gestionar todas estas ayudas, desde el encaje de proyectos en los programas idóneos de financiación y redacción de memorias, hasta la tramitación administrativa de los expedientes.

En caso de precisar más información al respecto, por favor, no duden en contactar con nosotros (943 309009 - afm@afm.es )

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