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  • 19-01-2023
  • España

23.11 COMUNIDAD DE MADRID. AYUDAS DESTINADAS A PROYECTOS DE DIGITALIZACIÓN DE LA PYME MADRILEÑA. CONVOCATORIA 2023

La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de la Comunidad de Madrid, ha hecho pública la convocatoria de ayudas para la puesta en marcha por las pymes industriales madrileñas de proyectos de Digitalización.

Objetivo
Permitir a las pymes industriales madrileñas avanzar de forma acelerada en la implementación de tecnologías de digitalización de sus procesos, productos y servicios, con la finalidad de incrementar así la productividad y la competitividad empresarial.

Beneficiarios
Pymes que dispongan de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid y estén incluidas en las siguientes divisiones:
A) División 2. Extracción y transformación de minerales no energéticos y productos derivados. Industria química.
B) División 3. Industrias transformadoras de los metales. Mecánica de precisión.
C) División 4. Otras industrias manufactureras.

Fecha de presentación de solicitudes
Desde el 6 de enero hasta el agotamiento de fondos.
Solo se admitirá una solicitud por Pyme.

Actuaciones subvencionables
A) Implementación de soluciones de negocio utilizando tecnologías ligadas a la comunicación, análisis y tratamiento de datos.
B) Plataformas colaborativas.
C) Digitalización de los procesos de fabricación utilizando tecnologías como realidad aumentada, robótica colaborativa, fabricación aditiva, sensores; sistemas embebidos y control de procesos.
D) Implementación de Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) en la cadena de valor de la empresa industrial.
E) Diseño y desarrollo de páginas web, redes sociales y ciberseguridad como vehículo potenciador del desarrollo empresarial.

Gastos subvencionables
A) Adquisición de activos fijos materiales, así como equipos que, no estando directamente vinculados a la producción, resultan necesarios para el proyecto.
B) Adquisición de activos fijos inmateriales, como software, patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad que contribuyan a la ejecución del proyecto.
C) Gastos de consultoría.

Período subvencionable
Las actuaciones de inversión solo podrán comenzar después de que se haya presentado la solicitud de ayuda. El devengo y pago de los gastos subvencionables debe producirse desde la fecha de presentación de solicitud hasta el 15 de septiembre de 2023.

Cuantía de la subvención
- Serán objeto de subvención aquellos proyectos cuyo presupuesto, sea como mínimo, 60.000 euros.
- La intensidad de la ayuda será, con carácter general, del 10% de los gastos subvencionables para las medianas empresas y del 20% para las pequeñas empresas.
- Si el proyecto se implementa en alguna de las zonas del Corredor del Henares y del Sur Metropolitano, la intensidad de la ayuda será del 25%, para las medianas empresas y del 35% para las pequeñas empresas.
- El límite máximo de subvención será de 250.000 euros para las medianas empresas y de 350.000 euros para las pequeñas empresas.
- El límite máximo de subvención por gastos de consultoría será de 20.000 euros.

Compatibilidad de las ayudas
En caso de acumulación de ayudas para el mismo proyecto la cuantía máxima de todas en su conjunto deberá ser inferior al 75% de los costes subvencionables, para dar así cumplimiento a la obligación de que el beneficiario aporte una contribución financiera mínima del 25% de los costes subvencionables a través de recursos propios o financiación externa exenta de cualquier tipo de ayuda pública.

Pago de la ayuda
- Las inversiones del proyecto deberán estar realizadas y pagadas a 15 de septiembre de 2023 y dispondrá hasta el 20 de septiembre para aportar la documentación justificativa.
- El pago de la subvención se realizará mediante transferencia bancaria, tras la presentación correcta y completa de la documentación justificativa, previo estudio del órgano gestor.
- La cuantía de la subvención será calculada en función de la justificación aportada y el cumplimiento de los requisitos establecidos.

Documentación de interés
Recomendaciones para la cumplimentación de solicitud (+info)

El Cluster AFM ofrece el servicio de gestionar todas estas ayudas, desde el encaje de proyectos en los programas idóneos de financiación y redacción de memorias, hasta la tramitación administrativa de los expedientes.

En caso de precisar más información al respecto, por favor, no duden en contactar con nosotros (943 309009 - afm@afm.es )

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