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  • 20-04-2023
  • España

23.26 PROGRAMA ICEX-BREXIT. CONVOCATORIA 2023

El miércoles 12 de abril, ICEX ha publicado la convocatoria del programa ICEX BREXIT 2023 que subvenciona a las empresas y autónomos españoles exportadores o con inversiones en el Reino Unido que se hayan visto perjudicados por el BREXIT, ya sea por una reducción en sus exportaciones o por haber tenido que incurrir en gastos derivados directamente por la salida de ese país de la Unión Europea, compensando así parte de los gastos sobrevenidos que hayan tenido que asumir como consecuencia de este proceso.

Desde AFM Cluster creemos que es un programa que se adapta muy bien a los esfuerzos que las empresas asociadas habéis hecho en ese mercado en los últimos tres años. Por ese motivo, desde la Asociación se ofrece un servicio de apoyo y asesoramiento tanto para la elaboración de la documentación necesaria como para la presentación de las solicitudes a la convocatoria.

INFORMACIÓN DEL PROGRAMA ICEX BREXIT 2023

Objetivo
Ayudar económicamente a todas las empresas y trabajadores autónomos que ejerzan legalmente su actividad en territorio español, y que quieren seguir aprovechando las oportunidades comerciales que ofrece Reino Unido, pero se han encontrado con dificultades en el camino.

Beneficiarios
Empresas españolas que pertenezcan a cualquier sector de actividad perjudicado por el BREXIT, ya sea por una reducción en sus exportaciones o por haber tenido que incurrir en gastos derivados directamente por la salida de ese país de la Unión Europea.
Quedan excluidas las empresas que hayan recibido una ayuda de minimis superior a 200.000 euros contabilizados en el ejercicio en curso y los dos anteriores. También quedan excluidas aquellas que tengan deudas con ICEX, Agencia Tributaria o cualquier otro organismo que conceda ayudas.

Gastos y actividad subvencionable
Las acciones deben desarrollarse o haberse desarrollado entre el 1 de enero de 2020 y 31 de julio de 2023. La cobertura de gastos es con carácter retroactivo y entre otras se incluyen los siguientes:

1. NUEVOS COSTES DE LA EXPORTACIÓN: registro de IVA; costes de asesoramiento en etiquetado, empaquetado y certificación; costes de certificaciones exigidas para el producto o servicio; registro de marcas y denominaciones de origen; licencias, solicitudes y visados de trabajadores especializados; costes de envío de muestras para promoción comercial
2. GASTOS DE CONSOLIDACIÓN PARA AMORTIGUAR EL IMPACTO NEGATIVO DEL BREXIT
3. GASTOS PREVIOS, DE CONSTITUCIÓN Y PRIMER ESTABLECIMIENTO: estudios de viabilidad, gastos de constitución de la filial, asesoramiento externo
4. GASTOS DE PROMOCIÓN: investigación de mercados, material de promoción, servicios para la adaptación gráfica de la marca, publicidad y redes sociales, acciones promocionales, patrocinios comerciales, relaciones públicas, participación en ferias, contratación de ciertos servicios profesionales (showrooms, consultorías...), apoyo a plataformas B2B y B2C, asistencia en el mercado de destino, consultas sobre concursos y licitaciones
5. GASTOS DE DEFENSA JURÍDICA DE LA MARCA Y HOMOLOGACIÓN

Cuantía de las subvenciones
La cuantía máxima subvencionable será del 75% de los gastos considerados como subvencionables y el apoyo máximo por beneficiario será de 200.000 euros. Los gastos subvencionables deberán alcanzar como mínimo 4.000 euros, por lo que la cuantía mínima subvencionable será de 3.000 euros.

Plazo para presentación de solicitudes
Todas las solicitudes deben presentarse telemáticamente. El plazo comienza el siguiente día a la presentación de las bases de la convocatoria en el BOE y finaliza el lunes 12 de junio de 2023, o con el agotamiento de los fondos disponibles (4.000.000 €). Las ayudas se tramitarán conforme al procedimiento de reconocimiento sucesivo de las solicitudes correctamente recibidas.

Gestión vía AFM Cluster
Pueden tramitar la presentación de las solicitudes a través del Cluster poniéndose en contacto con el equipo de Mercados:
Mikel Artola (mikel.artola@afm.es )
Juanjo Gómez (juanjo.gomez@afm.es)
Miren Aranburu (miren.aranburu@eskuin.com)
Mikel Etxabe (mikel.etxabe@afm.es)
Tel: 943 30 90 09

Bases reguladoras programa ICEX-BREXIT (click aquí)


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