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  • 21-03-2024
  • FINANCIACIÓN Y SUBVENCIONES

24.21 CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA FINANCIACIÓN DE INVERSIONES PRODUCTIVAS EN EMPRESAS INDUSTRIALES EN CATALUNYA

El Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat de Catalunya ha publicado las bases reguladoras de una convocatoria dirigida a apoyar la inversión en proyectos que mejoren la competitividad, el impacto en el grado de sostenibilidad ambiental y la digitalización de empresas industriales en Catalunya.

Esta línea de ayudas destina un total de 23 millones de euros a este tipo de proyectos.

Empresas elegibles
Aquellas empresas industriales cuyos CNAEs sean 10, 11, y del 13 al 32 ambos incluidos, con sede operativa en Cataluña.

Conceptos subvencionables
Se apoya la inversión en los siguientes conceptos:
a) Maquinaria de los procesos productivos o componentes que formen parte directamente de una línea de producción. La inversión de este punto debe ser superior al 60% de todo el proyecto.
b) Ingeniería del proceso productivo directamente asociada a las inversiones del punto anterior.
c) Software asociado a las inversiones productivas del primer punto. No se subvencionará software aislado de maquinaria o proceso que no sea objeto del proyecto subvencionado.
d) Instalaciones necesarias y obra civil para la puesta en marcha de la maquinaria o para la mejora o nuevo proceso productivo de las inversiones incluidas en el primer punto, hasta un máximo del 20% del importe del primer punto.

Importes de los proyectos y porcentaje de la ayuda 
El importe mínimo del proyecto presentado debe ser de 100.000 € en el caso de PYMES y de 1.000.000 € en el caso de grandes empresas.

El porcentaje máximo subvencionable es de hasta un 20% de la inversión elegible, con un límite de 500.000 €.

Período de ejecución del proyecto
Son subvencionables los proyectos que se ejecuten desde el 2 de enero de 2024, hasta 18 meses después de la convocatoria (septiembre 2025).

Cobro de la subvención
El pago del 100% de la ayuda aprobada se realizará tras la resolución. La concesión de estas ayudas se resolverá mediante el sistema de concurrencia competitiva.

Forma y plazo para presentación de solicitudes
Las solicitudes deben incluir un formulario con la siguiente documentación:
1. Memoria del proyecto (modelo), donde se incluya la acreditación de la dimensión, puestos de trabajo, compromiso de mantenerlos durante 3 años, acreditación del CNAE, detalle del proyecto, plan de negocio (cuentas de explotación 3 años, detalle de productos a fabricar, volúmenes de producción, capacidades productivas existentes, PMM, incrementos de productividad previstos y necesidades de circulante, plan de financiación y/o capitalización del proyecto, explicación detallada de los criterios e inversiones asociadas del proyecto en el ámbito de sostenibilidad y economía circular, implantación de energías renovables, descarbonización y ahorro de agua en el proceso productivo, ubicación de la sede social, afectación directa de los resultados de la empresa de los efectos provocados por la agresión en Ucrania.
2. Presupuesto detallado del proyecto (se deben presentar para su justificación 3 presupuestos de proveedores independientes y no vinculados)
3. Acreditación de la financiación cerrada en al menos 50% del proyecto mediante documentación bancaria de financiación externa específica destinada al proyecto o acreditación de saldo bancario y certificado del órgano de gobierno conforme se destinará a tal fin.
4. Declaración responsable firmada referente a las ayudas sujetas al artículo 3.1 del Marco Temporal ayudas COVID-19 y al Reglamento de minimis.

Dicho formulario de solicitud puede obtenerse aquí

Una vez cumplimentado el formulario, la solicitud debe presentarse telemáticamente junto con la documentación prevista a través de este enlace (+info)

Cada solicitud será puntuada en función de distintos criterios con un máximo de 475 puntos, debiendo obtener un mínimo de 175 puntos para optar a la subvención.

Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes se podrán presentar hasta el lunes 18 de abril a las 14:00 horas.

Normativa aplicable
Orden del 7 de marzo de 2024 donde se recogen las bases reguladoras de la ayuda

Resolución del 14 de marzo, por la que se hace pública la convocatoria 2024 de la ayuda

Persona de contacto en AFM:
Mikel Artola, Director de Mercados.
mikel.artola@afm.es 
Tel: 943 309 009

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