Asociación de fabricantes de maquina herramienta.
Asociación de fabricantes de maquina herramienta.

Política de privacidad

Este sitio Web utiliza cookies propias y de terceros con objeto de mejorar la experiencia de navegación. Si continúa navegando estará aceptando de forma expresa el uso de estas cookies. Puede obtener más información en nuestra página de Uso de Cookies.

Acepto
COMUNICADOS
BIENVENIDO ACCEDER

COMUNICADOS

  • 23-05-2024
  • TECNOLOGÍA

24.26 PROGRAMA TECNOLÓGICO ESPACIAL (PTE). CONVOCATORIA 2024

El CDTI (Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación) ha hecho pública la convocatoria de ayudas, para el año 2024, del "Programa Tecnológico Espacial" (PTE), vinculado al PERTE Aeroespacial.

Objetivo 
Serán objeto de ayuda los proyectos de I+D que se desarrollen en colaboración efectiva entre empresas, con participación relevante de organismos de investigación y difusión de conocimientos desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo mediante la subcontratación de sus actividades.

Los proyectos deberán encuadrarse en una de las siguientes áreas temáticas:
- New Space: constelaciones satelitales
- Maduración de tecnología espacial bottom-up

Beneficiarios
Agrupaciones de empresas en dos categorías:

- PTE Grandes Empresas: agrupación constituida por entre 2 y 6 socios, de los cuales al menos uno ha de ser pyme, y liderada por una empresa grande o mediana. Al menos dos de las empresas deben ser autónomas.
- PTE Pymes: agrupación constituida por entre 2 y 6 socios que podrán ser empresas grandes, medianas o pequeñas. No obstante, la agrupación debe liderarla una empresa pequeña o mediana (no microempresa). Al menos dos de las empresas deben ser autónomas.

Las agrupaciones no tendrán personalidad jurídica, por lo que uno de los participantes actuará como coordinador o representante. Con carácter previo a la formulación de la solicitud, los miembros de la agrupación deben suscribir un acuerdo interno que regule su funcionamiento.

Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva con plazos determinados de presentación.

Plazo de presentación
Cierre: 19 de junio de 2024 a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

Tipo de la ayuda
Subvención.

Características de la ayuda
Subvención hasta los límites de intensidad máximos: 65% gran empresa, 75% mediana empresa y 80% pequeña empresa.

La intensidad de ayuda deberá determinarse para cada beneficiario (incluso tratándose de proyectos en cooperación). El límite de intensidad de ayuda vendrá dado por el peso de cada tipo de actividad (investigación industrial o desarrollo experimental).

Características del proyecto
A) PTE Grandes Empresas
    - Presupuesto elegible mínimo de 5.000.000 euros y máximo de 25.000.000 euros.
    - Presupuesto mínimo elegible de 500.000 euros para las grandes empresas y de 175.000 euros para el resto.
    - Duración: los proyectos deberán finalizar el 31 de diciembre de 2026.

B) PTE Pymes
    - Presupuesto elegible mínimo de 1.000.000 euros y máximo de 4.000.000 euros.
    - Presupuesto mínimo elegible de 500.000 euros para las grandes empresas y de 175.000 euros para el resto.
    - Duración: los proyectos deberán finalizar el 31 de diciembre de 2026.
    - Distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto.

Ninguna empresa autónoma de la agrupación, ni ningún grupo de empresas vinculadas o asociadas podrá superar el 65% del presupuesto elegible del proyecto. En el caso específico del PTE Pymes, las grandes empresas participantes no podrán superar el 35% del presupuesto elegible del proyecto.

Gastos elegibles
1. Costes de personal
2. Costes de instrumental y material inventariable
3. Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
4. Costes de consultoría para el apoyo en las labores de coordinación del representante de la agrupación, con un límite máximo de 15.000 euros por anualidad.
5. Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales que deriven directamente del proyecto.
6. Gasto derivado del informe de auditor, inscrito en el ROAC, de hasta 2.500 euros por beneficiario.
7. Costes indirectos: se calcularán mediante la aplicación de un porcentaje del 20% sobre los costes directos totales subvencionables.

Subcontratación
- Se podrá alcanzar hasta un máximo del 50% del presupuesto financiable de cada beneficiario.
- Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas para el contrato menor en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el beneficiario deberá solicitar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contratación.
- Las entidades integrantes de la agrupación no podrán subcontratarse entre ellas las actuaciones objeto de la ayuda.
- En caso de que la subcontratación se realice con entidades vinculadas al beneficiario, deberá solicitarse previa autorización al CDTI.
los proyectos deben contar con una participación relevante de organismos de investigación. En este sentido, se exige que en el PTE Grandes Empresas al menos el 15% del presupuesto elegible se subcontrate a estas entidades; en el caso del PTE Pymes esta cantidad se sitúa en el 10%
- Los participantes responderán de las eventuales obligaciones de reintegro en relación con las actividades que se hayan comprometido a realizar. En caso de incumplimiento de dicha obligación, todos los integrantes de la agrupación responderán solidariamente.

Criterios de evaluación
1. Contribución al posicionamiento internacional del sector espacial español: 0-20 (puntos)
2. Innovación, tecnología e impacto en el sector espacial español: 0-30 (puntos)
3. Descripción de los objetivos y alcance, y adecuación del presupuesto y medios materiales: 0-20 (puntos)
4. Adecuación del consorcio en relación con el proyecto: 0-25 (puntos)
5. Impacto socioeconómico y ambiental: 1-5 (puntos)

Para que una solicitud sea elegible deberá tener una nota final igual o superior a 50 puntos.

Efecto incentivador
Se considerará que las ayudas tienen efecto incentivador si, antes de comenzar la actividad, el beneficiario ha presentado la solicitud de ayuda.

AFM Cluster ofrece el servicio de gestionar todas estas ayudas, desde el encaje de proyectos en los programas idóneos de financiación y redacción de memorias, hasta la tramitación administrativa de los expedientes, por lo que no duden en contactar con nosotros en caso de estar interesados en recibir este apoyo.

Para más información, no duden en ponerse en contacto con nosotros (Tlf.: 943 30 90 09 - afm@afm.es )


RELACIONADOS

  • 24-04-2025
  • TECNOLOGÍA

UPTEK 25.06 B ACCELERATION WEEK 2025

  • 24-04-2025
  • TECNOLOGÍA

CAV 25.25 PROGRAMA GAUZATU-INDUSTRIA. CONVOCATORIA 2025

  • 24-04-2025
  • TECNOLOGÍA

CAV 25.24 GIPUZKOA. CONVOCATORIA DE AYUDAS GIPUZKOA DIGITALA. PRODUCTO 4.0

  • 10-04-2025
  • TECNOLOGÍA

UPTEK 25.05 CALL FOR STARTUP CHALLENGE