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  • 12-12-2024
  • España

24.60 PROGRAMA KIT DIGITAL - AYUDAS A LA DIGITALIZACIÓN DE EMPRESAS SEGMENTO IV Y V

La dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es ha hecho pública la convocatoria del Programa Kit Digital, por la que se convocan ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento IV (entre 50 y menos de 100 empleados) y el Segmento V (entre 100 y menos de 250 empleados).

Descripción
Esta Convocatoria tiene por finalidad la mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital de las medianas empresas y comprendidas en los Segmentos IV (entre 50 y menos de 100 trabajadores) y segmento V (entre 100 y menos de 250 trabajadores), seleccionando, en régimen de concesión directa, los beneficiarios de las ayudas mediante un procedimiento de concurrencia no competitiva.

El beneficiario deberá emplear la ayuda concedida, cuyo derecho de cobro se denomina «bono digital», en la contratación de una o varias soluciones de digitalización formalizando para ello Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos. Este «bono digital» no podrá hacerse efectivo hasta que el Agente Digitalizador, en nombre del beneficiario y siendo este el responsable último, presente la correspondiente cuenta justificativa de la realización de la actividad para la que se concede la subvención y el órgano concedente considere justificada la subvención.

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las medianas empresas del Segmento IV (entre 50 y menos de 100 empleados) y Segmento V (entre 100 y menos de 250 empleados), cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 7 y 8 de las Bases Reguladoras y el apartado segundo de la Convocatoria.

Cuantía de las ayudas
El importe máximo de ayuda por beneficiario será de 25.000 € para empresas del Segmento IV y de 29.000 € para las empresas del Segmento V.

Red.es determinará el segmento al que corresponde la solicitud teniendo en cuenta los datos del número de trabajadores existentes en el Régimen General de la Seguridad Social y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o valiéndose de cualquier otro medio válido en Derecho.

Los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización, así como la duración que debe mantenerse la prestación del servicio son los siguientes (click aquí).

Características de las ayudas
Las ayudas de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de una o varias soluciones de digitalización de las disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital recogido en la plataforma Acelera pyme.

Podrán destinarse asimismo estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. Habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
a) Que la solución de digitalización sea completamente nueva y cumpla todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenezca, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras.
b) y que la solución a sustituir no cumpla alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente.

Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:
a) El desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente.
b) La actualización de versiones de software por el proveedor, esto es, releases que el proveedor publique sobre una versión existente.
c) Upgrades o mejora de versiones.

Gastos subvencionables
Serán subvencionables aquellos gastos en que incurra el beneficiario para la adopción de las soluciones de digitalización disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa. 

Obligaciones de los beneficiarios
a) No superar el límite de ayudas de minimis.
b) Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme 

Otros datos
a) Tras la concesión de la subvención, y para poder ejercer el derecho de cobro de la subvención concedida (bono digital), que será efectivo tras la correcta justificación de la misma, el beneficiario deberá seleccionar y contratar la solución o soluciones de digitalización que desee adoptar de entre las disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.
b) Una vez contratada, el beneficiario, y el Agente Digitalizador Adherido deberán firmar electrónicamente, la propuesta de Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, por medio de un formulario digital disponible a través de la Sede Electrónica de Red.es (la cual será accesible desde la plataforma Acelera pyme), aceptando las condiciones que se establezcan en el mismo.

Pago de las ayudas
El pago se realizará en dos fases.  El pago de las ayudas se realizará a los Agentes Digitalizadores Adheridos, una vez justificada y comprobada cada fase. Los pagos correspondientes a la primera fase de la prestación de la solución tendrán la consideración de pagos a cuenta y no requerirá la constitución de garantías. 

Acceso a la sede electrónica (click aquí)

Para más información y aclaración al respecto, por favor, no duden en contactar con nosotros (Tlf.: 943 30 90 09 - acelerapyme@afm.es)

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