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  • 19-12-2024
  • España

24.61 PROGRAMA ESPACIOS DE DATOS SECTORIALES. CONVOCATORIA 2024

La Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia artificial ha hecho pública la convocatoria del Programa de Espacios de Datos Sectoriales.

Objeto
La financiación de proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) para impulsar y hacer más competitiva la oferta de productos y servicios necesarios para el despliegue de los espacios de datos en todos los sectores económicos y para todos los intervinientes en los ecosistemas de compartición de datos. Los productos y servicios de espacios de datos incluyen, pero no se limitan a, plataformas de datos, herramientas de explotación de datos, infraestructuras de datos, y cualquier otro recurso tecnológico que permita la eficiente gestión y aprovechamiento de los datos y su compartición.

Plazo de presentación de solicitudes
Hasta el 31/01/2025

Ámbito material
Se subvencionarán la creación de productos y servicios tecnológicos para datos públicos y empresariales que puedan ser incorporados a los espacios de datos.

Beneficiarios
1. Empresas (gran empresa y pymes)
2. Organismos de investigación y difusión del conocimiento
3. Asociaciones empresariales

Criterios de evaluación de proyectos
Las actuaciones financiadas estarán destinadas al desarrollo de productos y servicios tecnológicos de datos que puedan incorporarse a un espacio de datos para su consolidación y crecimiento.
La selección de los proyectos a los que se concederán las ayudas se realizará en dos etapas: una valoración técnica inicial y una priorización/selección:
- Calidad técnica de la solución.
- Alineamiento con arquitecturas de espacios de datos.
- Impacto socioeconómico y viabilidad técnica.
- Experiencia en proyectos de I+D+i.

Los proyectos deben alcanzar un umbral mínimo del 50% en cada criterio para ser financiados.

Principio de «No causar un perjuicio significativo al medioambiente»
1. El beneficiario de la ayuda garantizará el pleno cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo al medioambiente» (principio «Do No Significant Harm»DNSH), recogido en el Reglamento (UE) 2020/852, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020. 
2. Como parte de la justificación de las ayudas, el órgano encargado del seguimiento podrá exigir al beneficiario una certificación de cumplimiento de dicho principio emitido por una entidad acreditada.

Características de las ayudas
a) Las ayudas para el desarrollo de proyectos objeto de estas bases reguladoras se concederán en la modalidad de subvención, en régimen de concurrencia competitiva.
b) Deberá justificarse el progreso en la consecución del proyecto. Los proyectos presentados deberán completar su ejecución antes del 30 de junio de 2026.

Tipos de proyectos
Las ayudas se destinarán a proyectos de desarrollo experimental para el impulso de nuevos productos y servicios de espacios de datos. Los proyectos presentados se deberán enmarcar en alguna de las siguientes categorías:
a) Building blocks de espacios de datos.
b) Productos y servicios de datos.
c) Herramientas de tratamiento de datos.
d) Plataformas de espacios de datos.
e)  Descubrimiento de datos.
g) Herramientas para asegurar el cumplimiento normativo.

Conceptos financiables
a) Gastos de personal: Investigadores, técnicos y personal auxiliar.
b) Material inventariable y suministros: Solo costes de amortización durante la duración del proyecto.
c) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
d) Gastos generales directamente derivados del proyecto, en los que se podrá imputar hasta un 15 % de los costes de personal del proyecto, los gastos de capacitación del personal en tecnologías asociadas al proyecto y gastos destinados a la protección mediante propiedad industrial de los activos intangibles obtenidos durante el desarrollo del proyecto.
e) Otros gastos de explotación adicionales, incluidos costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.

Financiación e intensidad máxima de ayuda
a) Empresas públicas y privadas, asociaciones empresariales y organismos privados de investigación y difusión.
    - Intensidades brutas máximas de ayudas en forma de subvención:
      - Empresas no PYME: Hasta el 25 % del coste subvencionable del proyecto
      - Medianas empresas: Hasta el 35 % del coste subvencionable del proyecto.
      - Pequeñas empresas: Hasta el 45 % del coste subvencionable del proyecto.

Podrá añadirse una bonificación de 15 puntos porcentuales, si los resultados del proyecto se difunden ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, servicios de compartición de datos incluyendo por lo menos un área de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.

b) Organismos públicos de investigación y difusión de conocimientos.
    - La intensidad de ayuda máxima será del 100 % de los costes marginales subvencionables.
    - Los proyectos tendrán un presupuesto financiable mínimo de 300.000 euros y máximo de 1.000.000 euros.

Garantías
a) En el supuesto de que la beneficiaria sea una entidad privada, procederá la constitución de garantías en todos los casos en los que se realice un pago anticipado para asegurar el cumplimiento de los compromisos asumidos por los beneficiarios.
b) Estas garantías deberán constituirse por un importe del 100 % del valor de la subvención efectuada en modalidad de pago anticipado.
c) El plazo para la constitución de las garantías será de veinte días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de la resolución de concesión.
d) Las garantías sobre la subvención se liberarán tras la certificación final del proyecto, si en ella se acredita el cumplimiento total de los objetivos y condiciones del proyecto y la inversión válidamente justificada es igual a la inversión aprobada o, en caso contrario, tras el reintegro total o parcial de la ayuda.

Modalidades de participación
Los proyectos deberán realizarse en la modalidad de beneficiario único (proyecto individual).

Subcontrataciones
- Se permite subcontratar hasta el 50% del importe de la actividad subvencionada.
- Se podrán subcontratar servicios a terceros para la realización total o parcial de actividades que constituyan el objeto de la subvención, como servicios de consultoría, desarrollo de software, oficinas de proyecto, etc.

Pago de la ayuda
Se realizará un pago anticipado, tras la resolución de concesión, previa constitución de las garantías, por el importe total de la ayuda.

Para más información, contacten directamente con AFM Cluster (Tlf.: 943 30 90 09 - afm@afm.es)

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