Asociación de fabricantes de maquina herramienta.
Asociación de fabricantes de maquina herramienta.

Política de privacidad

Este sitio Web utiliza cookies propias y de terceros con objeto de mejorar la experiencia de navegación. Si continúa navegando estará aceptando de forma expresa el uso de estas cookies. Puede obtener más información en nuestra página de Uso de Cookies.

Acepto
COMUNICADOS
BIENVENIDO ACCEDER

COMUNICADOS

  • 16-06-2017
  • TECNOLOGÍA

BI 17.03 PROGRAMA DE CREACIÓN DE EMPRESAS INNOVADORAS EN BIZKAIA. CONVOCATORIA 2017

La Diputación Foral de Bizkaia ha hecho pública la convocatoria del Programa de Creación de Empresas Innovadoras correspondiente al año 2017.

Objeto
El desarrollo y definición del proyecto empresarial o de la nueva unidad de negocio en los proyectos de intraemprendimiento, la creación de nuevas empresas innovadoras, la contratación de una persona tecnóloga o desarrolladora del negocio y el desarrollo de proyectos de aceleración de empresas.

Plazo de presentación de solicitudes
Hasta el 15 de septiembre de 2017

Beneficiarios:
Grupo 1:
- Personas físicas promotoras de nuevas empresas innovadoras.
- Empresas existentes, promotoras de nuevas empresas innovadoras.
- Nuevas empresas innovadoras, sin alta en IAE o con primera fecha de alta posterior al 1 de enero de 2016.
- Empresas existentes con más de 10 puestos de trabajo, promotoras de nuevas unidades de negocio, resultado de procesos de intraemprendimiento diseñados conjuntamente con BEAZ, SAU.

Grupo 2 y 3:
- Las nuevas empresas innovadoras, con primera fecha de alta en el IAE posterior al 1 de enero de 2016, que tengan al menos 2 puestos de trabajo a jornada completa a fecha de presentación de la solicitud.

Grupo 4:
Las empresas con primera fecha de alta en el IAE posterior al 1 de enero de 2015, que:
- Tengan 4 puestos de trabajo a jornada completa o una cifra de facturación igual o superior a 100.000€
- Hayan obtenido subvención de los gastos equivalentes a los del grupo 2 o grupo 3, en convocatorias anteriores.
- Tengan un proyecto específico de aceleración. 

Gastos subvencionables
Grupo 1 - gastos de desarrollo del proyecto empresarial: Estudios de viabilidad, de mercado e informes técnicos; prototipos; viajes y asistencia a ferias y asesoramiento externo para el desarrollo del proyecto.

Grupo 2  - gastos de creación de la nueva empresa innovadora: Constitución y lanzamiento de la nueva empresa; arrendamiento de un local de negocio; plan de marketing; protección de la propiedad intelectual o industrial, registros, certificaciones y homologaciones.

Grupo 3 - gastos de contratación de una persona tecnóloga o desarrolladora del negocio.

Grupo 4 - Servicio de aceleración empresarial gestionado por BEAZ, S.A.U. para el desarrollo del proyecto y gastos externos derivados de dicho proyecto.

Los gastos subvencionables de los grupos 1, 2 y 3 deberán realizarse y estar pagados entre el 01/01/2016 y el 31/12/2018.

Los gastos subvencionables del grupo 4 deberán realizarse y estar pagados en el plazo de 1 año desde la fecha de adjudicación de la subvención.


Cuantía de la subvención
Grupo 1:
El porcentaje de subvención oscilará entre el 80% y el 100% y el importe de la subvención entre 20.000 y 60.000 euros, en función de la puntuación obtenida.

Grupo 2:
Hasta el 30% del capital social desembolsado, con un importe máximo de 15.000 euros por empresa. El porcentaje de subvención para los gastos externos oscilará entre el 60% y el 80%, con un máximo de 30.000 euros.

Grupo 3:
El porcentaje de subvención por la contratación de persona tecnóloga o desarrolladora del negocio será del 50%, con un máximo de 20.000 euros.

Grupo 4:
El 30% de otros gastos externos derivados del proyecto de aceleración, con un máximo de 20.000 euros.

Los gastos de los grupos 1, 2 y 3 deberán realizarse y estar pagados entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2018. Los gastos del grupo 4 deberán realizarse y estar pagados en el plazo de un año desde la fecha de adjudicación de la subvención.

Estas ayudas están bajo el régimen de mínimis.

Las solicitudes se presentarán en la "Oficina virtual de Desarrollo Económico y Territorial" (click aquí).

INVEMA cuenta con un servicio por el que podemos apoyarles en la presentación de solicitudes. En el caso de querer contar con nuestra ayuda, les rogamos se pongan en contacto con nosotros lo antes posible.

Si tienen cualquier duda no duden en llamarnos y nosotros les informaremos sobre cómo presentar sus propuestas (Tlf.: 943 309009 - invema@invema.es).




RELACIONADOS

  • 24-04-2025
  • TECNOLOGÍA

UPTEK 25.06 B ACCELERATION WEEK 2025

  • 24-04-2025
  • TECNOLOGÍA

CAV 25.25 PROGRAMA GAUZATU-INDUSTRIA. CONVOCATORIA 2025

  • 24-04-2025
  • TECNOLOGÍA

CAV 25.24 GIPUZKOA. CONVOCATORIA DE AYUDAS GIPUZKOA DIGITALA. PRODUCTO 4.0

  • 10-04-2025
  • TECNOLOGÍA

UPTEK 25.05 CALL FOR STARTUP CHALLENGE