Con fecha 17 de marzo se ha publicado en el BOPV el anuncio por la que se hace pública la primera convocatoria del Programa Innobideak-Lehiabide – Acelerador de la competitividad de las empresas en entornos globales. Anuncio y normativa:
http://www.lehendakaritza.ejgv.euskadi.net/r48-bopv2/es/bopv2/datos/2014/03/1401299a.shtml
Objeto
- Empresas con un centro de actividad económica en el País Vasco.
- Realizar actividades industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al proceso productivo de las anteriores.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y para con la Tesorería General de la Seguridad Social y/o sus entidades colaboradoras, así como de las obligaciones que mantenga con las empresas del Grupo SPRI y con el Gobierno Vasco.
- En caso de proyectos individuales, disponer de una plantilla de al menos 40 trabajadores. El número de trabajadores es en equivalentes anuales a jornada completa. En caso de proyectos en cooperación, de al menos 20 trabajadores, siendo el conjunto de las plantillas de todas las empresas participantes de al menos 80 trabajadores. En el caso de proyectos en cooperación que cuenten con la participación de un Agente de carácter sectorial, empresarial o territorial, el número de empresas participantes en el proyecto deberá ser al menos de tres.
Será subvencionable la realización de proyectos, individuales o en cooperación, que supongan una redefinición e innovación sustancial en el modelo de negocio actual de las empresas, de tal forma que favorezcan, de manera significativa, la competitividad de las organizaciones. En concreto:
- Redefinición del modelo de negocio basado en una modificación significativa de la propuesta de valor, a través de una redefinición del mix de productos y servicios de la empresa, de los segmentos de mercado objetivo, de las formas de acceso y de relación con los clientes, y/o de las fórmulas de ingresos monetarios para la empresa. No se financiará la elaboración de Planes Estratégicos iniciales de las empresas.
- Diseño de nuevos productos o servicios y/o introducción de mejoras sustanciales en los productos/servicios/procesos existentes y la aplicación de dinámicas de aceleración de lanzamiento de nuevos productos, siempre que supongan la configuración de una propuesta de valor innovadora que permita generar una oferta diferenciada y/o competir en nuevos mercados. No se contemplan actuaciones que puedan ser catalogadas I+D.
- Diseño de nuevas estructuras organizativas, derivadas de procesos de integración y/o cooperación, que favorezcan alcanzar la dimensión adecuada para competir e innovar en los modelos de negocio a través de la redefinición de la propuesta de valor y el acceso a nuevos mercado.
La ejecución de los proyectos deberá comenzar con posterioridad a la presentación electrónica de la Solicitud de Ayuda, y deberá ser realizado en doce meses.
Se podrá presentar un proyecto por empresa.
- Gastos de personal interno directamente involucrado en la ejecución del proyecto.
- Gastos de subcontratación a empresas externas expertas en el ámbito del proyecto presentado
El gasto elegible por gasto de personal interno no podrá superar el 30% de los gastos de subcontratación
Las ayudas se instrumentarán en forma de subvenciones no reintegrables en los siguientes porcentajes sobre los gastos elegibles:
- Proyectos individuales: hasta el 50% de los gastos elegibles con un máximo de 45.000 euros por empresa
- Proyectos en cooperación; hasta el 60% de los gastos subvencionables por proyecto, con un máximo de 35.000 euros por empresa y de 100.000 euros para el conjunto de las empresas incluidas en el proyecto de cooperación. Ninguna empresa solicitante podrá asumir, de forma individual, más del 70% de los gastos externos derivados del proyecto, con excepción de los gastos de contratación de Agentes de carácter sectorial empresarial o territorial relativos exclusivamente a las tareas de dinamización, coordinación y tramitación del proyecto. Estos gastos podrán ser asumidos al 100% por una única empresa.
El 80% de la ayuda tendrá la consideración de ayuda a la ejecución del proyecto y el 20% restante se verá condicionada a la consecución de los objetivos marcados por la/s empresa/s.
Adicionalmente en los proyectos en cooperación con un Agente, el importe financiable por este concepto ascenderá a un máx.de 5.000 euros.
En caso de precisar más información, no duden en contactar con Josu Riezu o Arantza Iturralde (Tfno. 943 309009; E-mail: josu.riezu@afm.es / aiturralde@afm.es)
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