Asociación de fabricantes de maquina herramienta.
Asociación de fabricantes de maquina herramienta.

Política de privacidad

Este sitio Web utiliza cookies propias y de terceros con objeto de mejorar la experiencia de navegación. Si continúa navegando estará aceptando de forma expresa el uso de estas cookies. Puede obtener más información en nuestra página de Uso de Cookies.

Acepto
COMUNICADOS
BIENVENIDO ACCEDER

COMUNICADOS

  • 23-07-2014
  • FINANCIACIÓN Y SUBVENCIONES

CAV 14.21 AYUDAS DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN EN PRÁCTICAS DE PERSONAS JÓVENES DESEMPLEADAS EN CENTROS DE TRABAJO DE EMPRESAS VASCAS SITUADOS EN EL EXTERIOR

Con fecha 18 de Julio se ha publicado en el BOPV la convocatoria de  “Ayudas destinadas a la contra­tación en prácticas de personas jóvenes desempleadas en centros de trabajo de empresas vascas situados en el exterior”.
 
Objeto
Contratación en prácticas, de personas jóvenes, en situación de desempleo y sin previa o escasa experiencia laboral en empleos relacionados con su titulación, por empresas vascas, como medida para favorecer la adquisición de experiencia profesional y consolidar la inserción laboral de las personas jóvenes.
 
Destinatarios
.-  Empresas privadas o público-privadas radicadas en la CAPV, que cuenten con centros de trabajo, empresas participadas o empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial ubicadas en el exterior, así como empresas que cuenten con acuerdos de colaboración o contratos de prestación de servicios con empresas ubicadas en el exterior, así como aquéllas que se hallen en procesos de implanta­ción en el exterior, debidamente justificados, y que cumplan los siguientes requisitos:
-  Tener domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.
-  No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 50% por una o varias         Administraciones Públicas.
-  Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
-  No estar sancionada ni administrativamente ni penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello.
-  Acreditar, por parte de la empresa contratante, que no se ha producido destrucción de empleo en el puesto para el que se va a contratar y objeto de la solicitud de subvención bajo esta convoca­toria, durante un periodo de un año anterior a la nueva contratación y durante el periodo que dure la contratación subvencionada Comunicación a la Representación Legal de los Trabajadores, de la intención de contratar al amparo de esta convocatoria mediante el contrato en prácticas, con indicación del puesto a ocupar y periodo de contratación.
-  Haber comunicado a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) de la empresa, la intención de contratar al amparo de esta convocatoria mediante el contrato en prácticas, con indi­cación del puesto a ocupar y periodo de la contratación.
-  No haber percibido alguna de las ayudas ilegales e incompatibles de alguno de los regíme­nes de ayudas estatales siguientes: Araba I, Araba II y Araba III (CR 48/99, CR 49/99 y CR 58/99); Guipúzcoa I, Guipúzcoa II y Guipúzcoa III (CR 50/99, CR 53/99 y CR 59/00) y Bizkaia I, Bizkaia II, Bizkaia III (CR 52/99, CR 54/99 y CR 60/00), que no hayan procedido a su reembolso o depósito en una cuenta bloqueada junto con los intereses correspondientes.
 
Requisitos jóvenes
-  Residir en la CAPV.
-  Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Se entenderán incluidas aquellas personas demandantes de empleo que estén contrata­das en otra empresa mediante contratos temporales con jornada igual o inferior al 33%, siempre que desempeñen puestos de trabajo, de al menos, dos niveles por debajo de su cualificación.
-  Poseer titulación:
    Licenciado/a o Grado Universitario/a, Ingeniero/a, Arquitecto/a.
    Diplomado/a Universitario/a, Ingeniero/a Técnico/a, Arquitecto/a Técnico/a.
    Técnico/a Superior o Medio de Formación Profesional reglada, de la formación profesional específica, siendo equivalentes a los anteriores los títulos de Técnico/a Auxiliar (FP1) y Técnico/a Especialista (FP2).
    Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores.
    Certificado de profesionalidad.
-  No haber transcurrido más de 5 años de la terminación de los estudios (no aplicable a jóvenes menores de 30 años).
-  Contar con las competencias lingüísticas necesarias para el correcto desempeño de su tra­bajo en el centro de trabajo del país de destino, especificadas por la empresa, que acreditarán mediante título o prueba de nivel.
-  No tener experiencia laboral previa superior a 6 meses en puestos de trabajo pertenecientes al mismo grupo de cotización al que se va a desempeñar.
 
Actuaciones Subvencionables
-  Contratos en prácticas, de duración mínima de 12 meses, cuyo objeto sea el desempeño de puestos de trabajo en centros de trabajo en el exterior de España vinculados con empresas radicadas en la CAPV, celebrados con personas jóvenes, de edad igual o inferior a 34 años a fecha de inicio del contrato.
-  Con independencia de la duración total del contrato en prácticas, el periodo máximo subvencio­nado no podrá superar los 12 meses y finalizará, en todo caso, el 31 de octubre de 2015.
 -  Los contratos en prácticas subvencionados garantizarán una estancia mínima de nueve meses en un centro de trabajo en el exterior vinculado a una empresa vasca. En el caso en que la empresa contratante acreditara dificultades para la obtención de la autorización administrativa correspondiente por el país de destino, dicha estancia podrá reducirse a un mínimo de 7 meses.
-  Los requisitos para los contratos en prácticas son los que siguen:
    Las personas contratadas deberán prestar sus servicios en centros de trabajo radicados en el exterior de España.
    La contratación deberá referirse a puestos de trabajo acordes a la formación académico-pro­fesional de la persona contratada.
     Los contratos deberán formalizarse por escrito haciendo constar expresamente la titulación de la persona trabajadora, la duración del contrato y el puesto de trabajo a desempeñar.
    Los contratos deberán ser a jornada completa.
    La duración mínima del contrato será de 12 meses.
    En el contrato se hará constar la cuantía de remuneración bruta anual.
    En el contrato se hará constar la obligación de la empresa de abonar a la persona contratada 350 euros mensuales durante los meses de estancia efectiva en el extranjero en el periodo de los 12 meses subvencionados, en concepto de dietas de alojamiento y manutención, al margen de la cantidad que le pudiera corresponder por estos conceptos en virtud de lo dispuesto en el convenio colectivo sectorial o de empresa de aplicación.
    Se deberá designar una persona responsable del seguimiento del desempeño del puesto de trabajo por parte de la persona contratada. 
    En todo caso, el contrato en prácticas deberá ajustarse a lo dispuesto en el artículo 11.1 del Estatuto de Trabajadores, y en el Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se desarrolla.
 
Ayuda
-  La cuantía máxima de la subvención vendrá determinada por el número de contratos de prácti­cas celebrados. El importe subvencionado por cada contrato de prácticas se determinará mediante la suma de los siguientes importes:
     Costes salariales y de Seguridad Social durante los 12 primeros meses de vigencia del con­trato, y en todo caso hasta el 31 de octubre de 2015, de conformidad con los datos recogidos en la solicitud.
-  El importe máximo anual subvencionable por cada contrato queda establecido en el anexo I de la convocatoria para los distintos destinos y niveles de formación contemplados.
    350 euros en concepto de dietas de alojamiento y manutención de las personas jóvenes contratadas, abonadas por la empresa al margen de las establecidas en el convenio de aplicación, devengadas durante el período objeto de subvención y destinados a la cobertura de estos gastos durante los meses que la persona joven resida en el extranjero en el periodo subvencionado.
    Los gastos derivados de la gestión y obtención del visado o autorización administrativa correspondiente, así como para la contratación de un seguro médico complementario, en los casos que se prevea necesario La cuantía máxima subvencionable por estos concepto será de 450 euros por persona contratada.
 
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 30 de septiembre de 2014.
 
Presentación de Solicitudes
Mediante el modelo oficial disponible en www.lanbide.net
Las solicitudes deberán presentarse en los Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo (José Atxotegi, 1 – 01009 Vitoria-Gasteiz) o en las Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
 
Para cualquier consulta o aclaración al respecto, por favor, no duden en ponerse en contacto con AFM (Tlf.:943 30 90 09 – josu.riezu@afm.es  / aiturralde@afm.es)

RELACIONADOS

  • 10-04-2025
  • FINANCIACIÓN Y SUBVENCIONES

CAV 25.22 GIPUZKOA. PROGRAMA ENPRESAK SENDOTZEN. MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS EN LOS TALLERES FABRILES Y DE REPARACIÓN DE LAS EMPRESAS INDUSTRIALES. CONVOCATORIA 2025

  • 10-04-2025
  • FINANCIACIÓN Y SUBVENCIONES

25.19 COMUNIDAD DE MADRID. AYUDAS A EMPRESAS INDUSTRIALES DE MENOS DE 50 TRABAJADORES PARA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO

  • 10-04-2025
  • FINANCIACIÓN Y SUBVENCIONES

25.18 COMUNIDAD DE MADRID. AYUDAS A EMPRESAS INDUSTRIALES PARA ADQUISICIÓN DE MEDIOS PRODUCTIVOS (2025)

  • 27-03-2025
  • FINANCIACIÓN Y SUBVENCIONES

CAV 25.14 GIPUZKOA. CREACIÓN DE COMUNIDADES ENERGÉTICAS Y LA INVERSIÓN EN INSTALACIONES DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA EN RÉGIMEN DE AUTOCONSUMO COLECTIVO