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  • 30-10-2015
  • FINANCIACIÓN Y SUBVENCIONES

CAV 15.33 AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES ESTRATÉGICAS FORMATIVAS

Con fecha 22 de octubre se ha publicado en el BOPV las “Ayudas Económicas para la Realización de Acciones Estratégicas Formativas” que ha puesto en marcha el Gobierno Vasco a través de Lanbide. Resolución en el BOPV:
https://www.euskadi.eus/r47-bopvapps/es/bopv2/datos/2015/10/1504472a.pdf
Objeto: Establecer ayudas para el desarrollo de acciones de formación (acciones estratégicas de formación) dirigidas a la mejora de las competencias y cualificaciones de sus trabajadores. Se dedican a tal fin 4.300.000 Euros.
Se consideran acciones estratégicas aquellas directamente vinculadas al proyecto de la empresa y que puedan estar soportadas en un diagnóstico de necesidades o documento similar.
Benficiarios: Empresas con centro de trabajo en la CAPV, que cuenten con una plantilla de 35 o más trabajadores (excepcionalmente menor plantilla). También podrán solicitar ayudas los grupos de empresas que cuenten en su conjunto con 50 o más trabajadores.
Las empresas deberán consumir el crédito disponible para el ejercicio en el sistema estatal de bonificaciones.
Gastos Subvencionables: Acciones formativas que se desarrollen entre 01/01/15 y 30/06/16.
Tendrán una duración mínima por participante de 6 horas y máxima de 270 horas (salvo justificación). Máximo diario 8 h.
Las acciones formativas deberán ser impartidas en alguna de estas modalidades: presen­cial, teleformación o mixta.
Costes financiables:
  • Contratación de servicios de formación externos
  • Coste de formadores internos
  • Material fungible, incluyendo material de protección y seguridad
  • En el caso de la «teleformación» son financiables los costes imputables a los medios de comunicación utilizados entre formadores y participantes hasta un máximo del 10 por ciento del coste total de la acción.
  • Materiales didácticos
  • Seguro de los trabajadores en formación
  •  Amortización en la proporción imputable a la acción formativa, y alquiler de  instalaciones y equipamientos imputables
  • Costes de gestión (puesta en marcha y desarrollo de las acciones formativas) que será como máximo hasta el 10% del resto de los costes financiables.
  • Deberán ser totalmente gratuitas para los participantes.

Ayuda: La ayuda máxima a recibir no podrá superar en 1,5 veces para empresas grandes y en 5 veces para empresas de menor tamaño, el montante anual de la cuota de formación profesional, salvo excepciones concretas.
Las solicitudes recibidas se valorarán en base a unos criterios establecidos. Asimismo se realizará una valoración económica de las iniciativas formativas presentadas en base a unos módulos establecidos.
Los módulos económicos oscilarán entre 4,2 y 13 €/hora/participante.

Otros Requisitos: Con anterioridad a la solicitud, el solicitante informará a la Representación Legal de las Personas Trabajadoras sobre las acciones formativas para cuya ejecución se pretende la subvención. Se le informará asimismo del listado de participantes y se informará trimestralmente de la ejecución del Plan de Formación.
Con un plazo máximo de hasta el segundo día de formación, el titular deberá comunicar a Hobetuz los datos relativos a los participantes
En el plazo máximo de 30 días desde la finalización del curso, el titular deberá indicar los participantes finalizados y cerrar la información del curso.
Plazo: 16 de noviembre de 2015.

Las solicitudes se cumplimentarán en los modelos normalizados que Hobetuz pondrá a disposición en su página web y se cumplimentarán en soporte papel y en el soporte informático facilitado por Hobetuz en www.hobetuz.com.

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