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  • 15-01-2016
  • FINANCIACIÓN Y SUBVENCIONES

CAV 16.04 AYUDAS DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN EN PRÁCTICAS DE PERSONAS JÓVENES DESEMPLEADAS EN CENTROS DE TRABAJO DE EMPRESAS VASCAS SITUADOS EN EL EXTERIOR

Con fecha 31 de Diciembre se ha publicado en el BOPV la convocatoria de  “Ayudas destinadas a la contra­tación en prácticas de personas jóvenes desempleadas en centros de trabajo de empresas vascas situados en el exterior”.
Anuncio BOPV: http://www.euskadi.eus/bopv2/datos/2015/12/1505528a.pdf 
Objeto
Contratación en prácticas, de personas jóvenes, en situación de desempleo y sin previa o escasa experiencia laboral en empleos relacionados con su titulación, por empresas vascas, como medida para favorecer la adquisición de experiencia profesional y consolidar la inserción laboral de las personas jóvenes.

Destinatarios
Empresas privadas o público-privadas radicadas en la CAPV, que cuenten con centros de trabajo, empre­sas participadas o empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial ubicadas en el exterior, así como empresas que cuenten con acuerdos de colaboración o contratos de prestación de servicios con empresas ubicadas en el exterior, así como aquéllas que se hallen en procesos de implantación en el exterior, debidamente documentados y justificados y que cumplan los siguien­tes requisitos:
a) Tener domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.
b) No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 50% por una o varias Administraciones Públicas.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
d) No estar sancionada ni administrativamente ni penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello.
e) Acreditar, por parte de la empresa contratante, que no se ha producido destrucción de empleo en el puesto para el que se va a contratar y objeto de la solicitud de subvención bajo esta convoca­toria, durante un periodo de un año anterior a la nueva contratación y durante el periodo que dure la contratación subvencionada
f) Comunicación a la Representación Legal de los Trabajadores, de la intención de contratar al amparo de esta convocatoria mediante el contrato en prácticas, con indicación del puesto a ocupar y periodo de contratación.
g) No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comi­sión de la Unión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

Requisitos jóvenes
a) Residir en la CAPV.
b) Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Se entenderán incluidas aquellas personas demandantes de empleo que estén contrata­das en otra empresa mediante contratos temporales con jornada igual o inferior al 33%, siempre que desempeñen puestos de trabajo, de al menos, dos niveles por debajo de su cualificación.
c) Poseer titulación:
Grupo 1:
- Licenciado/a o Grado Universitario/a, Ingeniero/a, Arquitecto/a.
- Diplomado/a Universitario/a, Ingeniero/a Técnico/a, Arquitecto/a Técnico/a.
Grupo 2:
- Técnico/a Superior o Medio de Formación Profesional reglada, de la formación profesional específica, siendo equivalentes a los anteriores los títulos de Técnico/a Auxiliar (FP1) y Técnico/a Especialista (FP2).
- Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores.
- Certificado de profesionalidad.
d) No haber transcurrido más de 5 años de la terminación de los estudios (no aplicable a jóvenes menores de 30 años).
e) Contar con las competencias lingüísticas necesarias para el correcto desempeño de su tra­bajo en el centro de trabajo del país de destino, especificadas por la empresa, que acreditarán mediante título o prueba de nivel.
f) No tener experiencia laboral previa superior a 6 meses en puestos de trabajo pertenecientes al mismo grupo de cotización al que se va a desempeñar.

Actuaciones Subvencionables
1) Contratos en prácticas, de duración mínima de 12 meses, cuyo objeto sea el desempeño de puestos de trabajo en centros de trabajo en el exterior de España vinculados con empresas radicadas en la CAPV, celebrados con personas jóvenes, de edad igual o inferior a 34 años a fecha de inicio del contrato.
Con independencia de la duración total del contrato en prácticas, el periodo máximo subvencio­nado no podrá superar los 12 meses y finalizará, en todo caso, el 31 de octubre de 2015.
Los contratos en prácticas subvencionados garantizarán una estancia mínima de nueve meses en un centro de trabajo en el exterior vinculado a una empresa vasca. En el caso en que la empresa contratante acreditara dificultades para la obtención de la autorización administrativa correspondiente por el país de destino, dicha estancia podrá reducirse a un mínimo de 7 meses.
Los requisitos para los contratos en prácticas son los que siguen:
a) Las personas contratadas deberán prestar sus servicios en centros de trabajo radicados en el  exterior de España.
b) La contratación deberá referirse a puestos de trabajo acordes a la formación académico-pro­fesional de la persona contratada.
c) Los contratos deberán formalizarse por escrito haciendo constar expresamente la titulación de la persona trabajadora, la duración del contrato y el puesto de trabajo a desempeñar y el país de estancia.
d) Los contratos deberán ser a jornada completa.
e) La duración mínima del contrato será de 12 meses.
f) En el contrato se hará constar la cuantía de remuneración bruta anual.
g) Se deberá designar una persona responsable del seguimiento del desempeño del puesto de trabajo por parte de la persona contratada. 
h) En todo caso, el contrato en prácticas deberá ajustarse a lo dispuesto en el artículo 11.1 del Estatuto de Trabajadores, y en el Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se desarrolla.

Cuantía de la subvención
La cuantía máxima de la subvención vendrá determinada por el número de contratos de prácti­cas celebrados. El importe subvencionado por cada contrato de prácticas se determinará mediante la suma de los siguientes importes:
a) Costes salariales y de Seguridad Social durante los 12 primeros meses de vigencia del con­trato, y en todo caso hasta el 31 de octubre de 2017.
b) El importe máximo anual subvencionable por cada contrato:
Grupo 1:  26.200 euros.
Grupo 2:  23.600 euros
c) El 3% de los costes salariales y de seguridad social de cada contratación subvencionada, en concepto de financiación de los gastos derivados de la contratación por la empresa beneficiaria de un seguro, que incluya, al menos, las siguientes coberturas: viaje, atención médica, accidentes, enfermedad grave, hospitalización, y repatriación. Este seguro cubrirá todo el período de estancia en el exterior.
d) Un 4% adicional sobre los costes salariales y de seguridad social de cada contratación subvencionada, en concepto de financiación de los gastos de obtención de visado o autorización administrativa correspondiente para desempeñar el puesto de trabajo para aquellos países en los que se requieran los mismos.

Plazo
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 15 de septiembre de 2016.

Presentación de Solicitudes
Mediante el modelo oficial disponible en http://www.lanbide.euskadi.eus/inicio-lanbide/
Las solicitudes deberán presentarse en los Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y en las Oficinas territoriales de Empleo de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. 
Para cualquier consulta o aclaración al respecto, por favor, no duden en ponerse en contacto con AFM (Tlf.:943 30 90 09 – josu.riezu@afm.es  / aiturralde@afm.es)

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