Con fecha 29 de diciembre se ha publicado en el BOPV la orden por la que se regulan y convocan para el ejercicio 2016-2017 las ayudas a la incorporación de capital humano investigador.
https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2016/12/1605581a.pdf
Objeto
Apoyar la I+D a través de la incorporación de capital humano investigador en las empresas y agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, a través de subvenciones para la contratación de personal investigador.
Destinatarios
a) PYMEs o Grandes Empresas, así como las Asociaciones Empresariales.
b) Agentes integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación- RVCTI, en las categorías de Centros de Investigación Cooperativa, Centros Tecnológicos y Unidades de I+D empresariales.
Las entidades beneficiarias deberán disponer de un centro productivo en la CAPV en el que se desarrollará la actividad a subvencionar.
Cuantías de las Subvenciones
Hasta 60 % según tipo de empresa (60% PYMEs, 50% resto) del total del coste empresarial de contratación de la persona incorporada (retribución bruta + cuota empresarial seguridad social), con máximo de 30.000 euros anuales para persona investigadora con más de 10 años de experiencia, y 18.000 euros para una persona investigadora con experiencia investigadora mínima de 2 años.
El límite máximo de subvenciones a percibir por entidad o empresa beneficiaria no podrá exceder de 60.000 euros por convocatoria.
El 75% del presupuesto de la convocatoria, 1.575.000,00 euros estará reservado a las Empresas y Asociaciones Empresariales y el 25%, 525.000,00 euros, a los Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Las ayudas deben respetar el régimen de “minimis”, por lo que la ayuda total concedida a una empresa determinada no puede superar los 200.000 Euros durante cualquier periodo de 3 ejercicios fiscales.
Actividad subvencionable
La contratación de personal investigador para su dedicación a los proyectos de I+D que lleven a cabo las entidades beneficiarias.
Persona a contratar
Para las empresas y asociaciones:Otros requisitos
Se deberá presentar documentación relativa a la entidad solicitante (formulario solicitud, contrato laboral a subvencionar, breve descripción de la entidad, memoria proyecto I+D+i, plan de actividades a desarrollar, CV responsable proyecto, CV colectivo del equipo a incorporar la persona contratada, valoración económica de actividades, declaración jurada y varios certificados, así como documentación relativa a la persona (fotoc. DNI, copia compulsada grado universitario, CV…)
Evaluación de las solicitudes.
a) Las renovaciones tendrán preferencia frente a nuevas contrataciones.
b) Tanto para las renovaciones como para las nuevas contrataciones, se tendrá en cuenta, primeramente, el momento en que el expediente esté completo y, si hiciera falta, el orden de entrada de la solicitud en Sede Electrónica.
c) A las entidades beneficiarias se les podrá subvencionar más de una nueva contratación, únicamente si las disponibilidades presupuestarias lo permiten, una vez adjudicadas las subvenciones a la primera contratación a las entidades que resulten beneficiarias.
d) En el caso de que una entidad solicitante presente más de una solicitud de contratación de investigadores e investigadoras, tendrán preferencia aquellas candidaturas de investigadoras frente a investigadores, a fin de reducir la brecha de género en el ámbito científico-tecnológico.
e) Aquellas solicitudes que habiendo cumplido todos los requisitos de la presente Orden y no hayan podido ser subvencionadas por agotamiento presupuestario, pasarán a formar parte de una lista de suplentes.
Solicitudes y plazo de presentación.
http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-teletram/es/ (castellano)
http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-teletram/eu/ (euskera)
El acceso al expediente y demás trámites posteriores a la solicitud, se realizarán por canal electrónico, a través de la dirección:
http://www.euskadi.net/misgestiones
http://www.euskadi.net/nirekudeaketak
Plazo
12.00 h. del día 15 de febrero del 2017.
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