Con fecha 28 de julio se ha publicado en el BOPV la convocatoria de “Ayudas destinadas a la contratación en prácticas de personas jóvenes desempleadas en centros de trabajo de empresas vascas situados en el exterior.”.
Anuncio BOPV: https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2017/07/1703822a.pdf
Objeto
Contratación en prácticas, de personas jóvenes, en situación de desempleo y sin previa o escasa experiencia laboral en empleos relacionados con su titulación, por las empresas vascas previstas en el artículo 4, como medida para favorecer la adquisición de experiencia profesional y consolidar la inserción laboral de las personas jóvenes.
Destinatarios
Empresas privadas o público-privadas radicadas en la CAPV, que cuenten con centros de trabajo, empresas participadas o empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial ubicadas en el exterior, así como empresas que cuenten con acuerdos de colaboración o contratos de prestación de servicios con empresas ubicadas en el exterior, así como aquéllas que se hallen en procesos de implantación en el exterior, debidamente documentados y justificados y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.
b) No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 50% por una o varias Administraciones Públicas.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
d) Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones.
e) No estar sancionada ni administrativamente ni penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello.
f) Acreditar, por parte de la empresa contratante, que no se ha producido destrucción de empleo en el puesto para el que se va a contratar y objeto de la solicitud de subvención bajo esta convocatoria, durante un periodo de un año anterior a la nueva contratación y durante el periodo que dure la contratación subvencionada
g) Haber comunicado a la Representación Legal de los Trabajadores (en adelante, RLT) de la empresa, la intención de contratar al amparo de esta convocatoria mediante el contrato en prácticas, con indicación del puesto a ocupar y periodo de la contratación. En caso de que la empresa no disponga de RLT deberá hacerlo constar expresamente por escrito junto a la solicitud.
h) No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
i) No estar calificada como empresa en crisis de acuerdo a la definición prevista en el artículo 2, apartado 18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014, (Reglamento General de Exención por Categorías, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 26 de junio de 2014, en adelante PGEC).
Requisitos jóvenes
a) Residir en la CAPV.
b) Personas jóvenes menores de 25 años / personas jóvenes entre 25 y 34 años, ambos inclusive, siempre que no hayan tenido un empleo fijo remunerado en los 6 meses anteriores a la contratación.
c) Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
d) Poseer titulación:
Grupo A: Titulación universitaria
- Licenciado/a o Grado Universitario/a, Ingeniero/a, Arquitecto/a, Máster y Doctorado
- Diplomado/a Universitario/a, Ingeniero/a Técnico/a, Arquitecto/a Técnico/a.
Grupo B: Titulación no universitaria.
- Técnico/a Superior o Medio de Formación Profesional reglada, de la formación profesional específica, siendo equivalentes a los anteriores los títulos de Técnico/a Especialista (FP2) y Técnico/a Auxiliar (FP1).
- Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores.
- Certificado de profesionalidad.
e) No haber transcurrido más de 5 años de la terminación de los estudios (no aplicable a jóvenes menores de 30 años).
f) Contar con las competencias lingüísticas necesarias para el correcto desempeño de su trabajo en el centro de trabajo del país de destino, especificadas por la empresa, que acreditarán mediante título o prueba de nivel.
g) No tener experiencia laboral previa superior a 6 meses en puestos de trabajo pertenecientes al mismo grupo de cotización al que se va a desempeñar.
Actuaciones Subvencionables
Contratos en prácticas, de duración mínima de 12 meses, cuyo objeto sea el desempeño de puestos de trabajo en centros de trabajo en el exterior de España vinculados con empresas radicadas en la CAPV, celebrados con personas jóvenes, de edad igual o inferior a 34 años a fecha de inicio del contrato.
Con independencia de la duración total del contrato en prácticas, el periodo máximo subvencionado no podrá superar los 12 meses y finalizará, en todo caso, el 31 de octubre 2018.
Los contratos en prácticas subvencionados garantizarán una estancia mínima de 6 meses en un centro de trabajo en el exterior vinculado a una empresa vasca. Los requisitos para los contratos en prácticas son los que siguen:
a) Las personas contratadas deberán prestar sus servicios en centros de trabajo radicados en el exterior de España.
b) La contratación deberá referirse a puestos de trabajo acordes a la formación académico- persona contratada.
c) Los contratos deberán formalizarse por escrito haciendo constar expresamente la titulación de la persona trabajadora, la duración del contrato y el puesto de trabajo a desempeñar y el país de estancia.
d) Los contratos deberán ser a jornada completa.
e) La duración mínima del contrato será de 12 meses.
f) En el contrato se hará constar la cuantía de remuneración bruta anual.
g) Se deberá designar una persona responsable del seguimiento del desempeño del puesto de trabajo por parte de la persona contratada.
En todo caso, el contrato en prácticas deberá ajustarse a lo dispuesto en el artículo 11.1 del Estatuto de Trabajadores, y en el Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se desarrolla.
Las contrataciones en prácticas subvencionables deberán suponer la creación neta de empleo sobre la plantilla total existente en el/los centro/s de trabajo de la empresa en la Comunidad Autónoma de Euskadi, en los 12 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyo contrato se subvencione. A fecha de contratación, el nuevo contrato ha de suponer un incremento sobre dicha media.
No serán objeto de subvención la contratación del cónyuge, descendientes y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad
Cuantía de la subvención
La cuantía máxima de la subvención vendrá determinada por el número de contratos de prácticas celebrados. El importe subvencionado por cada contrato de prácticas se determinará mediante la suma de los siguientes importes:
El importe de la subvención, en términos anuales, por cada contrato de trabajo en prácticas, se determinará en función del nivel de titulación de cada persona contratada, del siguiente modo:
– Grupo A: 13.100 euros, siempre que el coste salarial y de Seguridad Social sea igual o superior a 26.200 euros.
– Grupo B: 11.800 euros, siempre que el coste salarial y de Seguridad Social sea igual o superior a 23.600 euros.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 10 de octubre de 2017.
Presentación de Solicitudes
Mediante el modelo oficial disponible en:
www.lanbide.euskadi.eus, en los Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y en las Oficinas Territoriales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
Para cualquier consulta o aclaración al respecto, por favor, no duden en ponerse en contacto con AFM (Tlf.:943 30 90 09 – josu.riezu@afm.es / lourdes.gundin@afm.es)
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