Con fecha 28 de julio se ha publicado en el BOPV la convocatoria de “Ayudas destinadas a la contratación de personas desempleadas mayores de 35 años en centros de trabajo de empresas vascas situados en el exterior”.
Anuncio en BOPV:
https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2017/07/1703826a.pdf
Objeto
Contratación de personas de edad igual o superior a 35 años, en situación de desempleo, en empleos relacionados con su cualificación, por las empresas vascas, para impulsar su incorporación en el mercado de trabajo y consolidar su experiencia profesional.
Destinatarios
Empresas privadas o público-privadas radicadas en la CAPV, que cuenten con centros de trabajo, empresas participadas o empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial ubicadas en el exterior, así como empresas que cuenten con acuerdos de colaboración o contratos de prestación de servicios con empresas ubicadas en el exterior, así como aquellas que se hallen en procesos de implantación en el exterior, debidamente documentados y justificados, y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.
b) No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 50% por una o varias Administraciones Públicas.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
d) Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones.
e) No estar sancionada ni administrativa ni penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello.
f) Acreditar, que no se ha producido destrucción de empleo en el puesto para el que se va a contratar y objeto de la solicitud de subvención bajo esta convocatoria, durante un periodo de un año anterior a la nueva contratación y durante el periodo que dure la contratación subvencionada.
g) Haber comunicado a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) de la empresa, la intención de contratar al amparo de esta convocatoria, con indicación del puesto a ocupar y periodo de la contratación.
h) No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
i) No estar calificada como empresa en crisis de acuerdo a la definición prevista en el artículo 2, apartado 18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014.
Requisitos
Esta convocatoria se dirige a la contratación de personas de edad igual o superior a 35 años, que cumplan los siguientes requisitos:
Actuaciones Subvencionables
Contratos de duración mínima de 12 meses, cuyo objeto sea el desempeño de puestos de trabajo en centros de trabajo en el exterior de España vinculados con empresas radicadas en la CAPV, celebrados con personas de edad igual o superior a 35 años a fecha de inicio del contrato.
Con independencia de la duración total del contrato, el periodo máximo subvencionado no podrá superar los 12 meses y finalizará, en todo caso, el 31 de noviembre de 2017.
Los contratos subvencionados garantizarán una estancia mínima de seis meses en un centro de trabajo en el exterior vinculado a una empresa vasca.
Los requisitos para los contratos son los que siguientes:
a) Las personas contratadas deberán prestar sus servicios, durante el tiempo mínimo establecido en el párrafo anterior, en centros de trabajo radicados en el exterior de España.
b) La contratación deberá referirse a puestos de trabajo acordes a la formación académica y/o cualificación profesional de la persona contratada.
c) La persona contratada no deberá haber mantenido relación laboral alguna con la empresa contratante, en los últimos 12 meses.
d) Los contratos deberán formalizarse por escrito haciendo constar expresamente la titulación y/o cualificación profesional de la persona trabajadora, la duración del contrato y el puesto de trabajo a desempeñar.
e) Los contratos deberán ser a jornada completa.
f) La duración mínima del contrato será de 12 meses.
g) En el contrato se hará constar la cuantía de remuneración bruta anual.
h) En todo caso, el contrato deberá ajustarse a lo dispuesto en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores.
Cuantía de la subvención
El importe de la subvención, en términos anuales, por cada contrato de trabajo, se determinará en función de la edad de la persona a contratar, del siguiente modo:
– Entre 35 y 50 años: 20.250 euros, siempre que el coste salarial y de Seguridad Social sea igual o superior a 40.500 euros.
– Más de 50 años: 22.500 euros, siempre que el coste salarial y de Seguridad Social sea igual o superior a 45.000 euros.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 10 de octubre de 2017.
Presentación de Solicitudes
Mediante el modelo oficial disponible en:
www.lanbide.euskadi.eus, en los Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y en las Oficinas Territoriales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
Para cualquier consulta o aclaración al respecto, por favor, no duden en ponerse en contacto con AFM (Tlf.:943 30 90 09 – josu.riezu@afm.es / Lourdes.gundin@afm.es)
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