Con fecha 20 de junio se ha publicado en el BOPV la convocatoria de “Ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas. Programa LEHEN AUKERA”.
Anuncio en BOPV:
https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2018/06/1803180a.pdf
Objeto
La contratación de personas jóvenes, en situación de desempleo y sin previa o con escasa experiencia laboral, en empleos relacionados con su titulación, por las empresas vascas, u otras entidades, previstas en el artículo 4 y 12, como medida para favorecer la mejora de su empleabilidad, a través de la adquisición de experiencia profesional, y de consolidar su inserción laboral.
Beneficiarios
Empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, los/as empresarios/as individuales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las Asociaciones y Fundaciones, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.
b) No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 50% por una o varias Administraciones Públicas.
c) No haber destruido empleo en el puesto para el que se va a contratar y objeto de la solicitud de subvención bajo esta convocatoria, durante un periodo de un año anterior a la nueva contratación y durante el periodo que dure la contratación subvencionada.
d) Haber comunicado a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) de la empresa, la intención de contratar al amparo de esta convocatoria con indicación del tipo de contrato, tiempo de la contratación y puesto a ocupar. La empresa deberá declarar expresamente en la solicitud si dispone o no de RLT.
e) No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
d) Tener una experiencia laboral máxima de 6 meses en empleos relacionados con su titulación.
Requisitos
Esta convocatoria se dirige a la contratación de personas jóvenes, mayores de 16 años y menores de 30 años, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Residir en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
b) Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
c) Estar en posesión de alguna de las titulaciones incluidas en este punto:
- Licenciatura o Grado Universitario/a, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia.
- Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado universitario-Plan Bolonia.
- Técnico/a Superior o Medio de Formación Profesional reglada, de la formación profesional específica, siendo equivalentes a los anteriores los títulos de Técnico/a Auxiliar (FP1) y Técnico/a Especialista (FP2).
- Formación Profesional básica.
- Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores.
- Certificado de profesionalidad.
Actuaciones Subvencionables
Podrán ser objeto de subvención los contratos en prácticas, de al menos 6 meses de duración, así como los contratos indefinidos cuyo objeto sea el desempeño de puestos de trabajo en centros laborales radicados en la CAPV, celebrados con personas jóvenes que hayan sido seleccionadas por Lanbide.
Dichos contratos deberán iniciarse desde el 21 de junio hasta el día 31 de octubre de 2018.
Los contratos subvencionables al amparo de esta convocatoria habrán de ajustarse a las previsiones del Estatuto de los Trabajadores y demás normativa aplicable y deberán reunir en todo caso los siguientes requisitos:
a) La contratación deberá referirse a puestos de trabajo adecuados al nivel de estudios o de formación cursados por la persona contratada.
b) En cualquier caso, las ofertas de empleo, cuyo número identificador constará en el contrato, deberán ser gestionadas por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo o por entidades colaboradoras de este organismo autónomo.
c) Los contratos deberán formalizarse por escrito haciendo constar expresamente la titulación de la persona trabajadora, la fecha de inicio y, en su caso, fin del contrato y la duración del mismo, así como el puesto de trabajo a desempeñar.
d) La remuneración bruta anual deberá constar en el contrato y en el supuesto de contratos en prácticas no podrá ser inferior a las siguientes cuantías en función de la titulación académica:
- Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia 18.000 euros
- Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia 15.200 euros
- Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII): 13.000 euros
- Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Formación Profesional básica y Certificados de Profesionalidad: 11.200 euros
e) Los contratos podrán ser a jornada completa o a jornada parcial; en este último caso, nunca inferior al 70% de la jornada laboral establecida.
Para tener la consideración de subvencionables, las contrataciones en prácticas e indefinidas deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla total existente en la empresa en los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyo contrato se subvencionen. A fecha de contratación, el nuevo contrato ha de suponer un incremento sobre dicha media.
Cuantía de la ayuda
- Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia: 4.500 / 9.000 euros prácticas/indefinido
- Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia: 3.800 / 7.600 euros prácticas/indefinido
- Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII): 3.250 / 6.500 euros prácticas/indefinido
- Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Formación Profesional básica y Certificados de Profesionalidad: 2.800 / 5.600 euros prácticas/indefinido
Estas cuantías se incrementarán en un 10% en el supuesto de contratos en prácticas de, al menos, 12 meses de duración.
Todas las cuantías de subvención señaladas se incrementarán un 10% adicional cuando los contratos se celebren con mujeres.
Plazo: 21 de junio hasta el 31 de octubre de 2018.
Presentación de Solicitudes: Mediante el modelo oficial disponible en http://www.lanbide.euskadi.eus
Para cualquier consulta o aclaración al respecto, por favor, no duden en ponerse en contacto con AFM (Tlf.:943 30 90 09 – josu.riezu@afm.es / lourdes.gundin@afm.es)
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