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  • 03-06-2021
  • TECNOLOGÍA

CAV 21.26 AYUDAS PROGRAMA GIPUZKOA DIGITALA 2021

La Diputación Foral de Gipuzkoa ha publicado la convocatoria, para el año 2021, del programa Gipuzkoa Digitala para la transformación digital de las empresas de Gipuzkoa.

El programa está articulado en tres líneas de actuación:
1. Producto 4.0
2. Datekin
3. Pyme Digitala (para Agencias Comarcales de Desarrollo Local)

Plazo de presentación de solicitudes
Hasta el 7 de julio de 2021

Beneficiarios
Empresas radicadas en Gipuzkoa

1. PRODUCTO 4.0
Objetivo
Proyectos dirigidos al desarrollo de nuevos productos o procesos (o una combinación de ambos), nuevos o mejorados y aplicaciones destinados al mercado de la Fabricación Avanzada y de la Industria 4.0 y que difieran significativamente de los productos o procesos ofrecidos por la entidad solicitante. Los proyectos deberán ser de "desarrollo experimental".

Actuaciones subvencionables
- Gestión y control del proceso productivo
- Conectividad
- Computación y cloud
- Realidad aumentada y realidad virtual
- Robótica avanzada
- Internet de las cosas (IoT)
- Visión artificial, inspección 3D y medición avanzada
- Fabricación aditiva e impresión 3D
- Tecnologías de trazabilidad de procesos y productos

Gastos subvencionables
Costes de personal y subcontrataciones

Requisitos del proyecto
Cada entidad sólo podrá presentar un único proyecto por convocatoria.
Se podrán presentar proyectos de manera individual o en colaboración, en este último caso, solo será objeto de subvención la parte correspondiente a empresas de Gipuzkoa.

Cuantía de las ayudas
25 % del coste subvencionable. Esta cuantía podrá ampliarse hasta un máximo del 60% en función de las caracteristicas especiales de las empresas o el proyecto.
Cuantía máxima: 50.000 € para proyectos individuales o 60.000 € para proyectos de colaboración

Justificación y pago de las subvenciones
El abono de la subvención concedida se realizará en dos pagos:
- Las entidades beneficiarias tendrán un mes de plazo para solicitar el pago de la primera parte de la ayuda, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.
- Para solicitar el segundo pago, deberán justificar la realización completa del proyecto antes del 10 de septiembre de 2022 (incluida), no obstante, con anterioridad a la finalización del proyecto, las entidades beneficiarias podrán solicitar el abono anticipado de esta segunda parte de la ayuda como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, para lo cual deberá presentarse aval bancario o de entidad financiera por el importe de la ayuda anticipada y los intereses de demora correspondientes.

2. DATEKIN
Objetivo
Esta línea pretende acelerar entre las empresas guipuzcoanas el proceso de valorización de los datos para la transformación digital de la empresa y su modelo de negocio, apoyando la contratación externa de agentes expertos en la transformación de datos en información relevante para la toma de decisión por parte de la empresa.

Requisitos de los proyectos
Esta línea contempla dos ámbitos diferentes de apoyos, en función del nivel de madurez digital de las empresas y la fase en que se encuentre respecto a la disponibilidad o no de datos de calidad:
a) Empresas que cuenten con un nivel de digitalización suficiente y que disponen de datos almacenados de manera estructurada y planteen un proyecto para su uso y explotación.
b) Empresas que cuenten con un cierto nivel de digitalización de sus procesos y que deseen analizar la posibilidad de utilización de información procedente de sus sistemas.

Los proyectos deberán contar con un acompañamiento experto, ajeno a la empresa, preferentemente a través de Nuevas Empresas de Base Tecnológica.

Cada entidad sólo podrá presentar un único proyecto por convocatoria. Se podrán presentar proyectos de manera individual o en colaboración, en este último caso, solo será objeto de subvención la parte correspondiente a empresas de Gipuzkoa.

Gastos subvencionables
Subcontrataciones e inversiones (siempre que no superen en 25% del coste total del proyecto)

Cuantía de las ayudas
40 % del coste subvencionable. En el caso de PYME, se ampliará en un 30% en el caso de ser un proyecto de uso y explotación y en 20% en caso de ser un proyecto de análisis.
Cuantía máxima: 40.000 € para proyectos de implantación o 20.000 € para proyectos análisis.
En el caso de proyectos en colaboración el importe de subvención máxima del conjunto de los proyectos será un 25% superior.

Esta ayuda está sujeta al reglamento europeo de las ayudas de minimis.

Justificación y pago de las subvenciones
El abono de la subvención concedida se realizará en dos pagos:
- Las entidades beneficiarias tendrán un mes de plazo para solicitar el pago de la primera parte de la ayuda, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.
- Para solicitar el segundo pago, deberán justificar la realización completa del proyecto antes del 10 de septiembre de 2022 (incluida), no obstante, con anterioridad a la finalización del proyecto, las entidades beneficiarias podrán solicitar el abono anticipado de esta segunda parte de la ayuda como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, para lo cual deberá presentarse aval bancario o de entidad financiera por el importe de la ayuda anticipada y los intereses de demora correspondientes.

AFM CLUSTER ofrece el servicio de gestionar todas estas ayudas, desde el encaje de proyectos en los programas idóneos de financiación y redacción de memorias, hasta la tramitación administrativa de los expedientes, por lo que no dudéis en contactar con nosotros en caso de estar interesados en recibir este apoyo. Para más información: Tlf.: 943 30 90 09 - email: afm@afm.es

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