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  • 17-06-2021
  • FINANCIACIÓN Y SUBVENCIONES

CAV 21.31 PROGRAMA BILAKATU COVID -19. AYUDAS A EMPRESAS QUE REALICEN ACTUACIONES DE DIVERSIFICACIÓN Y/O RELOCALIZACIÓN.

Hacer frente a las graves consecuencias derivadas de la pandemia provocada por el Covid-19, mediante el otorgamiento de subvenciones a fondo perdido a las empresas que realicen inversiones productivas, en la Comunidad Autónoma del País Vasco, dirigidas a la diversificación de la actividad de la empresa hacia nuevas líneas de negocio, productos, servicios, mercados, etc...y/o dirigidas a procesos de “reshoring” o relocalización de capacidades en la Comunidad Autónoma del País Vasco que hasta el momento se encontraban deslocalizadas en otros puntos geográficos fuera de la CAPV.

Beneficiarios
PYMES
Grandes empresas

Plazo de presentación de solicitudes
Hasta el 15 de octubre de 2021

Criterios para acceder a las ayudas
- Las Grandes Empresas deberán alcanzar una inversión admitida mínima de 1.500.000 de euros y mantenimiento de empleo; las PYMES deberán realizar una inversión admitida mínima de 200.000 euros y mantenimiento de empleo. También se considerarán las inversiones de las empresas que no alcancen los mínimos de inversión admitida indicada con anterioridad, siempre que generen un mínimo de 25 empleos netos, en el caso de grandes empresas, y un mínimo de 5 empleos netos, en el caso de Pymes.
- Los recursos propios de la empresa, excluidas las subvenciones, alcancen, al menos, el 25% del importe de la inversión considerada subvencionable.
- La empresa o grupo de empresas tanto para las inversiones como para la creación de empleo deberán realizarse por una sola entidad jurídica, y en el caso de grupos empresariales, con participación accionarial del 100%, que dispongan de varios centros productivos, únicamente, en el centro productivo o centros productivos que cumplan con los criterios y sean objeto de la inversión y creación de empleo.

Inversión susceptible de apoyo
La adquisición de activos fijos que se incorporen al activo de la empresa (propiedad industrial y patentes, aplicaciones informáticas, terrenos y bienes naturales, construcciones, instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, otras instalaciones y equipos para procesos de información).
Solo se admitirán inversiones que se inicien a partir del 1 de enero de 2021 y finalicen antes del 31 de diciembre de 2022.

Modalidad e importe de las ayudas
- Las subvenciones son ayudas a fondo perdido y supondrán el 10 % para las grandes empresas y el 15% para las Pymes de la inversión susceptible de apoyo.
- Las subvenciones tendrán un límite máximo que, en ningún caso, podrá superar la cantidad de 1.000.000,00 euros por empresa o grupo empresarial.

Más info (+)

El Cluster AFM ofrece el servicio de gestión de ayudas, desde el encaje de proyectos en los programas idóneos de financiación y redacción de memorias, hasta la tramitación administrativa de los expedientes, por lo que no duden en contactar con nosotros en caso de estar interesados en recibir este apoyo.

En caso de precisar más información, por favor, pónganse directamente en contacto con AFM (Tlf.:943 30 90 09 – e-mail: afm@afm.es)

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