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  • 24-06-2021
  • FINANCIACIÓN Y SUBVENCIONES

CAV 21.34 MEDIDAS FLEXIBILIZADORAS PARA LOS PROGRAMAS GAUZATU-INDUSTRIA, GAUZATU-IMPLANTACIONES EXTERIORES, INDARTU, BIDERATU, BIDERATU-BERRIA Y BIDERATU COVID-19

El Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco ha aprobado una serie de medidas flexibilizadoras para los programas Gauzatu-Industria, Gauzatu-Implantaciones Exteriores, Indartu, Bideratu, Bideratu-Berria y Bideratu-COVID 19.

Estas medidas están destinadas, exclusivamente, a las empresas que ya son beneficiarias de cualquiera de las convocatorias vigentes de los programas anteriormente mencionados.

Tipología de las medidas
1. Actuaciones de aplazamiento de las cuotas de reintegros de las ayudas reintegrables.
a) Programa Gauzatu-Industria, Bideratu y Bideratu-Berria
Para todas aquellas convocatorias que devenguen estos reintegros en periodo voluntario se podrá aplazar la obligación de reintegro de las cuotas de julio 2021 y febrero 2022 a la última cuota del periodo del calendario establecido en la concesión de la subvención, o de sus prórrogas, si las hubiere

b) Programa Gauzatu-Implantaciones Exteriores
Para todas aquellas convocatorias que devenguen estos reintegros en periodo voluntario se podrá aplazar la obligación de reintegro de la cuota de febrero 2022 a la última cuota del periodo del calendario establecido en la concesión de la subvención, o de sus prórrogas, si las hubiere

c) Programa Bideratu COVID-19
Se podrá conceder una carencia adicional de hasta un año, respecto a lo establecido en la orden reguladora de este programa. Iniciándose los reintegros en el año 2023 y finalizando en el año 2027

2. Actuaciones de ampliación del período de realización de inversión y empleo
Se podrá ampliar el periodo de inversión y generación o mantenimiento de empleo, siempre que la fase de ejecución asociada a la concesión, incluida la prórroga ordinaria, si las hubiere, no esté finalizada

a) Programa Gauzatu-Implantaciones Exteriores
Se podrá conceder un aplazamiento como máximo hasta el 31 de diciembre de 2022.

b) Programa Gauzatu-Industria y Programa Indartu
Se podrá conceder un aplazamiento adicional de hasta 6 meses, del período de inversión y generación o mantenimiento del empleo, a partir de la fecha de finalización del mismo.

c) Programa Bideratu COVID-19
Se podrá conceder un aplazamiento adicional de hasta 24 meses del plazo establecido inicialmente, 31 de diciembre de 2020, trasladándose, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2022.

Plazo de presentación de solicitudes
Hasta el 30 de diciembre de 2021

Para más información, no duden en ponerse en contacto con nosotros (Tlf.: 943 30 90 09 - afm@afm.es )

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