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Objetivo extender las redes de banda ancha ultrarrápida a aquellas empresas de Euskadi que no disponen de este tipo de servicio, por la inexistencia de infraestructuras de telecomunicaciones de los operadores en los polígonos u otras zonas geográficas de Euskadi, con la finalidad de mejorar su competitividad aumentando su capacidad de transmisión de información.
Plazo de presentación de solicitudes Hasta el 26 de noviembre de 2021 o agotamiento de los fondos
Beneficiario Empresas, independientemente, de su tamaño, así como agrupaciones de empresas privadas, que dispongan de un centro de actividad en la CAPV.
Actuaciones subvencionables y plazo de ejecución La contratación, por parte de las empresas, de servicios de banda ancha ultrarrápida de, al menos, 600 Mbps simétricos. Los proyectos deberán ejecutarse en el plazo máximo de 12 meses desde su inicio.
Gastos elegibles - Tendrán la consideración de gasto elegible la cuota de alta única imputada por el operador de telecomunicaciones a la empresa. - Se admitirán datos devengados o facturados a partir de la presentación de la solicitud de la ayuda. Se admitirán gastos antes de la presentación de la solicitud de ayuda de proyectos iniciados a partir del 1 de enero de 2021, siempre que estas solicitudes sean presentadas dentro de los dos meses contados a partir de la fecha de publicación de esta ayuda en el BOPV. - El beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la prestación del servicio. La subcontratación o contratación de terceros podrá alcanzar el 100% del importe de la actividad subvencionada.
Modalidad y cuantía de las ayudas - Las ayudas se instrumentarán en forma de subvenciones. - La intensidad de la ayuda será del 90% de gasto elegible, con un límite de 30.000 euros por solicitud de ayuda.
Pago de la ayuda Se realizará en dos pagos. El primer pago será con posterioridad a la comunicación de la resolución de la ayuda, y por un importe equivalente al 50% de la subvención, con el regimen de garantías que le sea de aplicación. El segundo pago será del 50% restante, tras la oportuna presentación de la solicitud de liquidación y documentación justificativa.
CAV 25.22 GIPUZKOA. PROGRAMA ENPRESAK SENDOTZEN. MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS EN LOS TALLERES FABRILES Y DE REPARACIÓN DE LAS EMPRESAS INDUSTRIALES. CONVOCATORIA 2025