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a) Anexo II: Desarrollar lugares de trabajo transformadores, sostenibles y con compromiso de y con las personas y el territorio. b) Anexo III: Impulsar la participación de las personas en las empresas. c) Anexo IV: Promover las capacidades y competencias para la empleabilidad a través del aprendizaje a lo largo de toda la vida en las empresas. d) Anexo V: Integrar la igualdad entre mujeres y hombres y la conciliación corresponsable. e) Anexo VI: Transformar la organización para el empleo del futuro. f) Anexo VII: Fortalecer el rol del sistema de aprendizaje a lo largo de toda la vida y la empleabilidad en Gipuzkoa. g) Anexo VIII: Generar, transferir y compartir conocimiento en el ecosistema socio-económico de Gipuzkoa.
Plazo de presentación de solicitudes Hasta el 7 de junio de 2022
Unión Europea Las ayudas para los anexos II, III, IV, V y VI están sujetas al regimen de minimis.
Plazo de ejecución de los proyectos Deben iniciarse con posterioridad a la solicitud de la ayuda, dentro del año natural y deberán concluir para el 15 de junio de 2023.
A continuación, se especifican los requisitos para cada línea de actuación:
Beneficiarios - Empresas radicadas en Gipuzkoa - Asociaciones de empresas y clusters radicadas en Gipuzkoa - Asociaciones empresariales y clusters radicadas en la CAPV que representen intereses de empresas radicadas en Gipuzkoa
Costes subvencionables - Únicamente serán elegibles los gastos de viajes y estancia del personal de las entidades no promotoras de los proyectos. - Costes de personal interno: no podrán superar el 35% del coste total elegible, siendo elegible hasta un valor máximo de 35 euros/hora. Se presentará un certificado de las horas dedicadas al proyecto. No serán costes elegibles los costes indirectos y/o generales, excepto en el caso de las asociaciones de empresas y clusters, que se computarán como coste elegible, sin necesidad de justificación, únicamente el 15% de los costes directos del personal interno.
Porcentajes máximos de las subvenciones Las ayudas serán del 75% de los costes elegibles.
Información y documentación para solicitar los proyectos (click aquí)
Actuaciones objeto de subvención - Participación en la gestión - Participación en las decisiones estratégicas - Participación en los resultados - Participación en el capital - Participación de las mujeres en los ámbitos de decisión.
Costes subvencionables - Únicamente serán elegibles los gastos de viajes y estancia del personal de las entidades no promotoras de los proyectos. - Costes de personal interno: no podrán superar el 35% del coste total elegible, siendo elegible hasta un valor máximo de 35 euros/hora. Se presentará un certificado de las horas dedicadas al proyecto. No serán costes elegibles los costes indirectos y/o generales, excepto en el caso de las asociaciones de empresas y clusters, que se computarán como coste elegible, sin necesidad de justificación, únicamente el 15% de los costes directos del personal interno.
Porcentajes máximos de las subvenciones Las ayudas serán del 75% de los costes elegibles.
Beneficiarios - Empresas radicadas en Gipuzkoa - Asociaciones de empresas y clusters radicadas en Gipuzkoa - Asociaciones empresariales y clusters radicadas en la CAPV que representen intereses de empresas radicadas en Gipuzkoa
Costes subvencionables - Únicamente serán elegibles los gastos de viajes y estancia del personal de las entidades no promotoras de los proyectos. - Costes de personal interno: no podrán superar el 40% del coste total elegible, siendo elegible hasta un valor máximo de 35 euros/hora. Se presentará un certificado de las horas dedicadas al proyecto. No serán costes elegibles los costes indirectos y/o generales, excepto en el caso de las asociaciones de empresas y clusters, que se computarán como coste elegible, sin necesidad de justificación, únicamente el 15% de los costes directos del personal interno
Porcentajes máximos de las subvenciones Las ayudas serán del 75% de los costes elegibles.
Costes subvencionables Costes de personal interno: no podrán superar el 25% del coste total elegible, siendo elegible hasta un valor máximo de 35 euros/hora. Se presentará un certificado de las horas dedicadas al proyecto. No serán elegibles los gastos referidos a viajes y estancia, costes indirectos y/o generales.
Porcentajes máximos de las subvenciones Las ayudas serán del 75% de los costes elegibles a excepción de aquellos referidos al cumplimiento de la legalidad vigente que serán del 40%. En casos de planes de igualdad el importe máximo de subvención será de 12.000 euros.
Beneficiarios - Empresas radicadas en Gipuzkoa - Asociaciones de empresas y clusters radicadas en Gipuzkoa - Asociaciones empresariales y clusters radicadas en la CAPV que representen intereses de empresas radicadas en Gipuzkoa
Costes subvencionables - Únicamente serán elegibles los gastos de viajes y estancia del personal de las entidades no promotoras de los proyectos. - Costes de personal interno: no podrán superar el 40% del coste total elegible, siendo elegible hasta un valor máximo de 35 euros/hora. Se presentará un certificado de las horas dedicadas al proyecto. No serán costes elegibles los costes indirectos y/o generales, excepto en el caso de las asociaciones de empresas y clusters, que se computarán como coste elegible, sin necesidad de justificación, únicamente el 15% de los costes directos del personal interno
Porcentajes máximos de las subvenciones Las ayudas serán del 75% de los costes elegibles.
Beneficiarios - Entidades pertenecientes a la RVCTI radicadas en Gipuzkoa. - Asociaciones de empresas y clusters radicadas en Gipuzkoa - Asociaciones empresariales y clusters radicadas en la CAPV que representen intereses de empresas radicadas en Gipuzkoa - Empresas de servicios avanzados especializados en las temáticas objeto de subvención radicadas en Gipuzkoa.
Actuaciones subvencionables - Proyectos de investigación fundamental - Proyectos de investigación industrial - Proyectos de desarrollo experimental - Acciones complementarias de especial interés: Aquellas acciones que integren al menos a un organismo de la RVCTI para desarrollar estudios de prospectiva y vigilancia, acciones para favorecer la cooperación, la transferencia, la dinamizacion, el impulso, la difusión y la divulgación en actividades vinculadas a proyectos de investigación fundamental e industrial.
Las ayudas reguladas en estas bases solo serán aplicables si tienen efecto incentivador sobre la actividad de la empresa objeto de la ayuda:
- En el caso de una PYME se considera que la ayuda concedida tiene efecto incentivador si antes de comenzar a trabajar en el proyecto o actividad, la empresa ha presentado la solicitud de ayuda. - En el caso de grandes empresas tienen un efecto incentivador si, además de cumplir la condición establecida en el apartado anterior acredita que la ayuda tendrá uno o varios de los siguientes resultados: • Un aumento sustancial del alcance del proyecto o actividad gracias a las ayudas, o • Un aumento sustancial del importe total invertido por el beneficiario en el proyecto o actividad gracias a las ayudas, o • Una aceleración sustancial del ritmo de ejecución del proyecto o actividad de que se trate. Costes subvencionables - Costes directos de personal (personal investigador, personal técnico y otro personal de apoyo) - Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos, costes de consultoría y servicios equivalentes. - Costes de asesoramiento exterior y servicios equivalentes - Costes de subcontratación a los Agentes de la RVCTI - Gastos de viajes y estancia solo para el personal de las entidades no promotoras del proyecto - Costes generales o indirectos 15% de los costes directos del personal - Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período que se utilicen para el proyecto - Gastos de explotación, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto
Porcentajes máximos de las subvenciones a) En los proyectos de investigación fundamental el 100% de los costes subvencionables b) En los proyectos de investigación industrial el 50% de los costes subvencionables c) En los proyectos de desarrollo experimental el 25% de los costes subvencionables d) En las acciones complementarias de especial interés el 100% si están asociadas a proyectos de investigación fundamental y el 50% si están asociados a proyectos de investigación industrial
Los porcentajes de los apartados b, c y d podrán incrementarse hasta un máximo del 80%, en función de si se es una pequeña o mediana empresa, colaboración entre empresas y que los resultados del proyecto se difundan por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos.
AFM Cluster ofrece el servicio de gestionar todas estas ayudas, desde el encaje de proyectos en los programas idóneos de financiación y redacción de memorias, hasta la tramitación administrativa de los expedientes, por lo que no duden en contactar con nosotros en caso de estar interesados en recibir este apoyo.
Para cualquier tipo de duda o ampliación de la información, no duden en ponerse en contacto con nosotros (Tlf.: 943 30 90 09 - email: afm@afm.es )
CAV 25.22 GIPUZKOA. PROGRAMA ENPRESAK SENDOTZEN. MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS EN LOS TALLERES FABRILES Y DE REPARACIÓN DE LAS EMPRESAS INDUSTRIALES. CONVOCATORIA 2025