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  • 06-03-2023
  • España

CAV 23.23 PROGRAMA BIKAINTEK. CONTRATACIÓN DE PERSONAS INVESTIGADORAS DOCTORADAS Y LA REALIZACIÓN DE DOCTORADOS INDUSTRIALES. CONVOCATORIA 2023

El Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, ha hecho pública la convocatoria de ayudas para el Programa Bikaintek 2023 para las siguientes actuaciones:

- La contratación de personas con título de doctor o doctora para su dedicación a proyectos de I+D desarrollados por las entidades beneficiarias.
- La formación de doctorandos y doctorandas industriales mediante la cofinanciación de los costes laborales del personal investigador en formación que participe en un proyecto de investigación industrial.

Plazo de presentación de solicitudes
Hasta el 25 de abril de 2023

Beneficiarios
- Empresas ubicadas o que tengan una instalación productiva en la CAV.
- Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.

LÍNEA DE CONTRATACIÓN DE DOCTORAS Y DOCTORES.
Requisitos de la actividad subvencionable: 
1. Serán subvencionables contratos ininterrumpidos de 24 meses.
2. Las contrataciones deberán realizarse en una instalación productiva de la CAV.
3. El personal investigador para desarrollar actividades de I+D podrá estar en la plantilla de la entidad solicitante, en el momento de la solicitud de la subvención, siempre que la contratación se haya efectuado con posterioridad a la fecha fin de presentación de solicitudes de la convocatoria anterior de Bikaintek, o si el contrato de la persona investigadora candidata hubiera estado subvencionado anteriormente en la línea de doctorados industriales de Bikaintek y esta ayuda hubiera supuesto, en su día, una nueva incorporación a la entidad solicitante.
4. No serán subvencionables los contratos realizados con una persona investigadora que en los 4 años anteriores a la convocatoria haya disfrutado de un contrato subvencionado en programas de ayuda a la contratación de personal investigador con título de doctor o doctora.
5. El personal investigador que sea contratado deberá incorporarse en un plazo máximo de 1 mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de concesión de la subvención y en todo caso, antes del 31 de diciembre del año de la convocatoria.
6. En el caso de que el doctor o doctora estuviera ya en plantilla antes de la publicación de la resolución, la ayuda comenzará a contar su plazo al día siguiente al de la publicación de la resolución de la ayuda.
7. En cada convocatoria, una misma entidad solicitante podrá recibir apoyo para la contratación de un máximo de 2 personas con título de doctor o doctora.

Requisitos de las personas contratadas: 
1. Estar en posesión del grado de Doctor o Doctora en la fecha de presentación de la solicitud.
2. No haber tenido vinculación laboral con la entidad que solicita la ayuda en fecha anterior al de presentación de solicitud.
3. No contar con una participación en el capital de la entidad que solicita la ayuda.
4. No figurar como candidata en la solicitud de más de una entidad.

Gastos subvencionables
a) Costes directos: costes de contratación de la persona investigadora (la suma de la retribución bruta más la cuota de la Seguridad Social, descontadas las cuotas bonificadas anuales, si las tuviere)
b) Costes indirectos: se computará como coste indirecto el 15% de los costes directos de personal subvencionable.

Cuantía máxima de las ayudas
- Por persona contratada, la cuantía máxima anual de los costes subvencionables no superará los 60.000 euros.
- La retribución bruta anual mínima para la contratación de personas con título de doctor o doctora queda fijada en 32.000 euros. 

Pago de las ayudas
25% se pagará tras incorporarse el personal investigador al centro, el 50% al finalizar la primera anualidad y el 25% restante al finalizar el período subvencionado de 24 meses.

LÍNEA DE DOCTORADOS INDUSTRIALES.
Entidades beneficiarias
- Las empresas que desarrollen un proyecto de investigación industrial empleando personas, que podrán ser de la plantilla de la empresa o nuevas contrataciones.
- Los agentes integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación -RVCTI- siempre que cumplan las dos condiciones siguientes:
   1. Que incorporen a su plantilla, con posterioridad a la fecha fin de presentación de solicitudes a la convocatoria anterior, a personas investigadoras en formación que participen en un proyecto de investigación industrial, de interés para una empresa; y
   2. Que tengan suscrito un contrato de colaboración con la empresa, para el desarrollo del proyecto de investigación industrial, por importe de, al menos, el 30% de los costes de contratación de la persona investigadora en formación.
- Las unidades de I+D empresariales tendrán la consideración de empresa.
- En cada convocatoria, una misma empresa solicitante podrá recibir apoyo para un máximo de dos tesis doctorales, teniendo en cuenta tanto las solicitudes presentadas directamente por la empresa como las desarrolladas en colaboración con uno de los agentes integrados en la RVCTI. Por su parte, cada agente integrado en la RVCTI, podrá recibir apoyo para la realización de un número máximo de tesis equivalente al 10% de los doctores/as que tenga en plantilla.

Requisitos de la actividad subvencionable:
 
1. El personal investigador en formación, deberá estar matriculado en las enseñanzas de doctorado en un centro universitario de la CAV, de una universidad pública o privada y deberá ejecutar el proyecto de investigación industrial en una empresa o en colaboración entre una empresa y un agente integrado en la RVCTI, en las categorías de Centros Tecnológicos, Centros de Investigación Cooperativa y Unidades de I+D empresariales.
2. Los contratos a subvencionar tendrán una duración mínima de cuatro años.
3. El trabajo a desarrollar será la realización de un proyecto de investigación industrial que dé lugar a una tesis doctoral en temas de interés y relevancia para la empresa interesada y que forme parte de una línea de investigación desarrollada por la misma, siempre que las actividades propuestas sean nuevas o supongan una mejora, ampliación o la ejecución de una investigación o línea de investigación que la empresa no llevaría a cabo como parte de sus actividades ordinarias de I+D, debiendo justificar en su solicitud la necesidad y el efecto incentivador de la ayuda.
4. La obtención del grado de doctor deberá tener lugar, de manera general, durante los tres primeros años de la ayuda. 

Requisitos de las personas investigadoras:
1. Haber presentado su solicitud de admisión a un programa de doctorado en el año de la convocatoria y, en el momento de la formalización del contrato, estar matriculada o admitida en dicho programa.
2. Además de disponer de un director o directora de tesis vinculado a la universidad, la persona doctoranda contará con una persona responsable del proyecto designada por la empresa o por el Agente de la RVCTI.
3. No tener, en la fecha de presentación de la solicitud, vinculación laboral con la entidad que solicita la ayuda.
4. No contar con una participación en el capital de la entidad que solicita la ayuda.
5. No figurar como candidata en la solicitud de más de una entidad.
6. No estar en posesión del título de Doctor, por cualquier universidad española o extranjera.
7. No haber disfrutado, por un período superior a 12 meses, de una ayuda cuyo objetivo sea la formación predoctoral a través del desarrollo de una tesis doctoral, o similar.

Gastos subvencionables
a) Costes directos: costes de contratación de la persona investigadora (la suma de la retribución bruta más la cuota de la Seguridad Social, descontadas las cuotas bonificadas anuales, si las tuviere)
b) Costes indirectos: Se computará como coste indirecto el 15% de los costes directos de personal subvencionable.
c) Gastos de viajes y estancias: no superarán los 50 euros por día de estancia.

Cuantía máxima de las ayudas
- La retribución bruta anual mínima para la formación de doctorandos industriales es de 20.000 euros.
- Por persona contratada, la cuantía máxima anual de los costes subvencionables no superará los 40.000 euros.
- El gasto máximo subvencionable en concepto de estancias a realizar durante el periodo completo de formación queda fijado en 12.000 euros.

Pago de las ayudas
El importe correspondiente a cada anualidad de la ayuda se pagará íntegramente por anticipado.

AFM Cluster ofrece el servicio de gestión de ayudas, desde el encaje de proyectos en los programas idóneos de financiación y redacción de memorias, hasta la tramitación administrativa de los expedientes, por lo que no duden en contactar con nosotros en caso de estar interesados en este apoyo (Tlf.: 943 30 90 09 - invema@invema.es)

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