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Objetivo Proyectos dirigidos al desarrollo de nuevos productos y aplicaciones destinados al mercado de la Fabricación Avanzada y de la Industria 4.0 que comporten innovación, entendida esta como el desarrollo de productos o procesos (o una combinación de ambos), nuevos o mejorados, que difieren significativamente de los productos o procesos ofrecidos por la entidad solicitante. Los proyectos deberán incluirse dentro de la categoría definida por la Unión Europea como de "desarrollo experimental" y que se describe en la base 1ª de la normativa del presente programa de ayudas.
Beneficiarios Empresas que desarrollan su actividad en Gipuzkoa. Así mismo, el desarrollo del proyecto debe realizarse en las sedes del Territorio Histórico de Gipuzkoa, sin perjuicio de que parte del proyecto pueda subcontratarse a otras entidades de fuera del territorio.
Plazo de presentación de solicitudes Del 6 de abril al 16 de mayo de 2022, ambos inclusive
Requisitos de los proyectos Entre otros, se consideran subvencionables el desarrollo de productos o servicios 4.0 relacionados con: - Gestión y control del proceso productivo - Conectividad - Computación y cloud - Realidad aumentada y realidad virtual - Robótica avanzada - Internet de las cosas (IoT) - Visión artificial, inspección 3D y medición avanzada - Fabricación aditiva e impresión 3D - Tecnologías de trazabilidad de procesos y productos - Inteligencia artificial, aprendizaje automático (Machine Learning)
No serán subvencionables a) Las adaptaciones de productos o servicios a las necesidades particulares de un cliente. b) Las mejoras en los procesos internos de la entidad solicitante. c) Segundas fases de proyectos o versiones mejoradas de productos o servicios ya apoyados por la Diputación Foral de Gipuzkoa. d) Proyectos relacionados con ámbitos tecnológicos específicos apoyados por otros programas de la Diputación Foral de Gipuzkoa; estas exclusiones se concretarán en cada convocatoria. Concretamente, en la convocatoria 2021 no se considerará subvencionable el desarrollo de productos o servicios relacionados con: - Ciberseguridad - Electromovilidad, almacenamiento de energía o vehículo autónomo - Aplicación de tecnologías a la cadena de valor de la gastronomía - Big Data
Tipo de gastos subvencionables Costes de personal y subcontrataciones
Cuantía de las ayudas 25 % del coste subvencionable. Esta cuantía podrá ampliarse en función de las caracteristicas especiales de las empresas o el proyecto.
Cuantía máxima 50.000 € para proyectos individuales o 60.000 € para proyectos de colaboración.
Las subvenciones objeto de las presentes bases serán incompatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de la Diputación Foral de Gipuzkoa o cualesquiera otras administraciones o entes públicos o privados, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Cada entidad sólo podrá presentar un único proyecto por convocatoria.
Justificación de la terminación del proyecto Antes del 10 de septiembre de 2023 (incluida)
Justificación y pago de las subvenciones El abono de la subvención concedida se realizará en dos pagos: - Las entidades beneficiarias tendrán un mes de plazo para solicitar el pago de la primera parte de la ayuda, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. - Para solicitar el segundo pago, deberán justificar la realización completa del proyecto antes del 10 de septiembre de 2023 (incluida), no obstante, con anterioridad a la finalización del proyecto, las entidades beneficiarias podrán solicitar el abono anticipado de esta segunda parte de la ayuda como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, para lo cual deberá presentarse aval bancario o de entidad financiera por el importe de la ayuda anticipada y los intereses de demora correspondientes.
Objetivo Esta línea pretende acelerar entre las empresas guipuzcoanas el proceso de valorización de los datos para la transformación digital de la empresa y su modelo de negocio, apoyando la contratación externa de agentes expertos en la transformación de datos en información relevante para la toma de decisión por parte de la empresa.
Destinatarios Empresas radicadas en Gipuzkoa
Plazo de presentación de solicitudes Del 6 de abril al 16 de mayo de 2022, ambos inclusive
Requisitos de los proyectos Esta línea contempla dos ámbitos diferentes de apoyos, en función del nivel de madurez digital de las empresas y la fase en que se encuentre respecto a la disponibilidad o no de datos de calidad: a) Empresas que cuenten con un nivel de digitalización suficiente y que disponen de datos almacenados de manera estructurada y planteen un proyecto para su uso y explotación. b) Empresas que cuenten con un cierto nivel de digitalización de sus procesos y que deseen analizar la posibilidad de utilización de información procedente de sus sistemas.
Los proyectos deberán contar con un acompañamiento experto, ajeno a la empresa, preferentemente a través de Nuevas Empresas de Base Tecnológica.
Gastos subvencionables Subcontrataciones e inversiones (siempre que no superen el 25% del coste total del proyecto)
Cuantía de las ayudas 40% del coste subvencionable. En el caso de PYME, se ampliará en un 10% y en caso de contratar una NEBT se ampliará en un 20% en el caso de ser un proyecto de uso y explotación y en 10% en caso de ser un proyecto de análisis.
Cuantía máxima 40.000 € para proyectos de implantación o 20.000 € para proyectos de análisis.
Las subvenciones contempladas en las presentes bases están sujetas al reglamento europeo de las ayudas de minimis.
Cada entidad sólo podrá presentar un único proyecto por convocatoria.
Justificación del proyecto Antes del 10 de septiembre de 2023 (incluido).
Justificación y pago de las subvenciones El abono de la subvención concedida se realizará en dos pagos: - Las entidades beneficiarias tendrán un mes de plazo para solicitar el pago de la primera parte de la ayuda, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. - Para solicitar el segundo pago, deberán justificar la realización completa del proyecto antes del 10 de septiembre de 2023 (incluida), no obstante, con anterioridad a la finalización del proyecto, las entidades beneficiarias podrán solicitar el abono anticipado de esta segunda parte de la ayuda como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, para lo cual deberá presentarse aval bancario o de entidad financiera por el importe de la ayuda anticipada y los intereses de demora correspondientes.
AFM CLUSTER ofrece el servicio de gestionar todas estas ayudas, desde el encaje de proyectos en los programas idóneos de financiación y redacción de memorias, hasta la tramitación administrativa de los expedientes, por lo que no dudéis en contactar con nosotros en caso de estar interesados en recibir este apoyo. Para más información: Tlf.: 943 30 90 09 - email: afm@afm.es
CAV 25.22 GIPUZKOA. PROGRAMA ENPRESAK SENDOTZEN. MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS EN LOS TALLERES FABRILES Y DE REPARACIÓN DE LAS EMPRESAS INDUSTRIALES. CONVOCATORIA 2025