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Objeto Promover acciones que persigan el uso potencial de energías renovables, así como el ahorro y la eficiencia energética en los sectores industrial y terciario en la CAV.
Beneficiarios Pymes dentro del sector industrial y terciario.
Plazo de presentación de solicitudes Hasta el 29 de marzo de 2024 o agotamiento del presupuesto disponible.
Características de las ayudas Subvenciones a fondo perdido.
Actuaciones subvencionables - Auditorías energéticas integrales en PYMEs de los sectores industrial y terciario desarrolladas bajo la norma UNE-EN 16247, o sus modificaciones o mejoras posteriores, llevadas a cabo por los solicitantes en instalaciones ubicadas en el territorio de la CAE que tengan un efecto sobre la potencial implementación de energías renovables, el ahorro energético y eficiencia energética. - Las actuaciones subvencionables se deben de iniciar con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda. - La ejecución, facturación y pago de la actuación se realice y justifique en un plazo máximo de 6 meses a contar desde la fecha de notificación de la resolución de otorgamiento de la ayuda y, en todo caso, no más tarde del 31 de octubre de 2024. - No se podrán acoger al presente programa de ayudas aquellas actuaciones cuyo coste sea inferior a 1.000 euros.
Costes subvencionables - Los costes subvencionables serán los costes de los trabajos necesarios para la correcta realización de dichas actuaciones, incluyendo la recopilación de la información, realización de visitas, mediciones y cálculos, organización de reuniones y dinámicas y redacción de documentos. - Se establece un coste máximo subvencionable en función del consumo de energía, pudiendo llegar hasta los 9.800 euros. - Se tendrá en cuenta el alcance a desarrollar; perfil consumidor del solicitante, energías consumidas, monitorizaciones a realizar, balances energéticos a desarrollar y su complejidad, análisis o no de viabilidad de instalaciones de cogeneración, etc.
Cuantía de las ayudas Las actuaciones subvencionables tendrán una ayuda del 50% del coste subvencionable.
Subcontratación La subcontratación o contratación de terceros podrá alcanzar hasta el 100% del importe de la actividad subvencionada.
La ficha informativa del procedimiento administrativo donde están disponible las instrucciones para la tramitación, las declaraciones responsables y los modelos, y a través de la cual se accede al formulario de solicitud está accesible en www.eve.eus
Les recordamos que AFM ofrece el servicio de gestionar todas estas ayudas, desde el encaje de proyectos en los programas idóneos de financiación y redacción de memorias, hasta la tramitación administrativa de los expedientes, por lo que no duden en contactar con nosotros en caso de estar interesados en recibir este apoyo. (Tlf.: 943 30 90 09 - afm@afm.es)
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