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  • 01-06-2023
  • TECNOLOGÍA

CAV 23.42 PROGRAMA BANDA ANCHA ULTRARRÁPIDA PARA EMPRESAS. CONVOCATORIA 2023

SPRI (Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial), ha hecho pública la convocatoria de ayudas del Programa "Banda ancha ultrarrápida para empresas"  para el ejercicio 2023.

Objetivo
Extender las redes de banda ancha ultrarrápida a aquellas empresas de Euskadi que no disponen de la posibilidad de contratar este tipo de servicio, por la inexistencia de infraestructuras de telecomunicaciones de los operadores de comunicaciones electrónicas en los polígonos o zonas geográficas donde se ubican.

Plazo de presentación de solicitudes
Hasta el 27 de noviembre de 2023

Beneficiario
Empresas, independientemente de su tamaño, así como agrupaciones de empresas privadas, que dispongan de un centro de actividad en la CAPV.

Actuaciones subvencionables y plazo de ejecución
La contratación por parte de las empresas de servicios de banda ancha ultrarrápida de, al menos, 600 Mbps simétricos. Los proyectos deberán ejecutarse en el plazo máximo de 12 meses desde su inicio.

Gastos elegibles
- Tendrá la consideración de gasto elegible la cuota de alta única imputada por el operador de telecomunicaciones a la empresa.
- Se admitirán datos devengados o facturados a partir de la presentación de la solicitud de la ayuda. Se admitirán gastos antes de la presentación de la solicitud de ayuda de proyectos iniciados a partir del 1 de enero de 2023, siempre que estas solicitudes sean presentadas dentro de los dos meses contados a partir de la fecha de publicación de esta ayuda en el BOPV.
-  Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías en la normativa establecida, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contrata del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien.
- La subcontratación o contratación de terceros podrá alcanzar el 100% del importe de la actividad subvencionada.

Modalidad y cuantía de las ayudas
- Estas ayudas se concederán conforme al procedimiento de concurrencia sucesiva de las solicitudes correctamente recibidas.
- Las ayudas se instrumentarán en forma de subvenciones a fondo perdido.
- La intensidad de la ayuda será del 90% de gasto elegible, con un límite de 30.000 euros por solicitud de ayuda.

Pago de la ayuda
Se realizará en dos pagos. El primer pago será con posterioridad a la comunicación de la resolución de la ayuda, y por un importe equivalente al 50% de la subvención, con el regimen de garantías que le sea de aplicación. El segundo pago será del 50% restante, tras la oportuna presentación de la solicitud de liquidación y documentación justificativa.

Ayudas sujetas al regimen de minimis.

AFM Cluster ofrece el servicio de gestionar todas estas ayudas, desde el encaje de proyectos en los programas idóneos de financiación y redacción de memorias, hasta la tramitación administrativa de los expedientes, por lo que no duden en contactar con nosotros en caso de estar interesados en recibir este apoyo.

Para más información, no duden en ponerse en contacto con nosotros (Tlf.: 943 30 90 09 - afm@afm.es)

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