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  • 31-08-2023
  • Sólo Euskadi

CAV 23.55 PROGRAMA KLOUD. CONVOCATORIA 2023

La SPRI (Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial) ha hecho pública la convocatoria de ayudas del Programa Kloud para el año 2023.

El cloud computing permite a las empresas escalar sus recursos de manera rápida y flexible. Aumentar o disminuir la capacidad de almacenamiento, poder de procesamiento y recursos de red según sus necesidades, lo cual brinda una gran flexibilidad para adaptarse a los cambios en la demanda y crecimiento empresarial.

Objetivo
Apoyar proyectos de migración de servicios o infraestructuras presentes en salas técnicas o CPDs de empresas industriales o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial a entornos Cloud comerciales. Estos proyectos deberán ser implementados por parte de proveedores tecnológicos que ofrezcan servicios Cloud.

Beneficiarios
1. Cualquier empresa, indepedientemente de su tamaño.
2. La empresa o grupo de empresas debe tener al menos un centro de actividad industrial en Euskadi donde se deberá ejecutar el proyecto.
3. Se excluye a empresas de Consultoría Informática e Ingeniería que presten servicios en la nube.

Plazo de solicitud
Hasta el 20 de noviembre de 2023.

Actuaciones subvencionables
Los proyectos de migración de servicios o infraestructura presentes en salas técnicas o CPDs a entornos Cloud de las siguientes tipologías:
1. Diseño y definición de estrategias Cloud.
2. Servicios de almacenamiento (copias de seguridad y almacenamiento escalable).
3. Servicio de Continuidad de Negocio (BRS - Business Recovery Systems).
4. IaaS – Infrastructure as a Service (servidores dedicados, GPUs para algoritmos de IA/ML u otras infraestructuras como servicio).
5. PaaS – Platform as a Service.
6. Gestión de Bases de Datos.
7. Alojamiento de equipos.

La migración a entornos Cloud contribuye a que las empresas mejoren, entre otras cosas, el nivel de ciberseguridad de sus sistemas al emplear unos estándares de seguridad muy elevados en sus comunicaciones, datos y equipos. Dichos proyectos, deberán ejecutarse en el plazo máximo de 12 meses desde su inicio.

Tipo de financiación
Fondo perdido.

Importe de la ayuda
a) El «presupuesto global aceptado del proyecto» será la suma del presupuesto aceptado en Gastos de Consultoría y/o Ingeniería, más el presupuesto aceptado en Hardware y/o Software.
b) El «presupuesto máximo aceptado» por concepto subvencionable, base para la aplicación de los porcentajes y cálculo de la subvención, será la suma del presupuesto aceptado en Gastos de Consultoría y/o Ingeniería, más el presupuesto aceptado en Hardware y/o Software.
c) Los Gastos de Consultoría y/o Ingeniería supondrán como mínimo el 20% del presupuesto global aceptado del proyecto.
d) Los Gastos de Hardware y/o Software supondrán como mínimo el 50% del presupuesto global aceptado del proyecto.
e) El porcentaje de subvención sobre los «presupuestos de gastos e inversiones máximos acep­tados» para el proyecto por cada uno de los conceptos subvencionables será del 50%.
f) La subvención máxima anual por empresa beneficiaria para apoyar los gastos de consul­toría-ingeniería, hardware y software asociados al proyecto será de 30.000 euros para la realización de una o más actuaciones subvencionables a lo largo del ejercicio.

Gastos subvencionables
Tendrán la consideración de gastos y/o inversiones subvencionables los de consultoría, ingeniería, hardware y software estrictamente relacionados con la migración de servicios o infraestructura a entornos Cloud y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Devengados o facturados a partir de la presentación de la Solicitud de Ayuda en SPRI y durante el plazo establecido para la ejecución del proyecto. Se admitirán gastos devengados o facturados antes de la presentación de la Solicitud de Ayuda de proyectos iniciados a partir del 1 de enero de 2023, siempre que estas Solicitudes sean presentadas dentro de los dos meses con­tados a partir de la fecha de la publicación de esta normativa en el Boletín Oficial del País Vasco; y
b) Realizados por empresas expertas externas.

Los gastos recurrentes en Software y Hardware, se aceptarán durante un plazo máximo de 12 meses.

Pago de la ayuda
El abono de la subvención se realizará en dos pagos. El primer pago será con posterioridad a la comunicación de la resolución de concesión de la ayuda, y por un importe equivalente al 65% de la subvención, con el regimen de garantías que le sea de aplicación. El segundo pago será del 35% restante, tras la presentación de la documentación justificativa.

Ayudas sujetas al regimen de minimis

En caso de precisar más información, por favor, pónganse directamente en contacto con AFM CLUSTER (Tlf.:943 30 90 09 – e-mail: afm@afm.es)

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