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Objetivo A través de este programa se pretenden alcanzar los siguientes objetivos: a) Impulsar proyectos innovadores con alto potencial de impacto realizados desde empresas de Bizkaia. b) Potenciar la innovación, la internacionalización y la inversión como palancas de crecimiento y sostenibilidad empresarial. c) Ofrecer apoyo público intenso a los proyectos estratégicos y de gran impacto de las empresas que afiancen y desarrollen su presencia en el Territorio Histórico de Bizkaia.
Plazo de presentación de solicitudes Del 5 al 23 de febrero de 2024.
Beneficiarios Pymes, con al menos un centro productivo en Bizkaia, o implantarlo dentro del periodo de ejecución del proyecto para el que se solicita la subvención.
Gastos subvencionables 1. Inversión en activos materiales (terrenos, edificios, instalaciones, licencias de software, maquinaria y equipos). 2. Servicios de consultoría para innovación, inversión e internacionalización. 3. Participación en ferias comerciales en el extranjero (costes de alquiler, montaje y gestión de stand de exposición). 4. Actividades de desarrollo experimental y estudios de viabilidad (costes de personal, costes indirectos, instrumental y material e investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas). 5. Actividades de innovación en procesos y organización (costes de personal, costes indirectos, instrumental y material e investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas). 6. Obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales (presentación y tramitación de solicitudes de patentes europea, internacional o nacional en el extranjero, de modelos de utilidad o de diseño comunitario internacional o nacional en el extranjero). 7. En cuanto a los costes de personal se considerarán los costes relacionados con las personas investigadoras, técnicas y demás personal auxiliar, en la medida que estén dedicados al proyecto o actividad pertinente. Para el cálculo de la base subvencionable se considerará un máximo de 6 personas en el caso de las pequeñas empresas y un máximo de 12 personas para el resto de PYMES. En cualquier caso, no excederá de 240 horas por entidad y mes en el caso de las pequeñas empresas, ni de 480 horas en el resto de PYMES. 8. En cuanto a los costes indirectos, se refieren a la parte proporcional de los gastos generales administrativos (energía eléctrica, teléfono, personal administrativo, alquileres, etc.). Para el cálculo de la base subvencionable se considerará un máximo del 1,5% de la base subvencionable total del proyecto excluidos los gastos indirectos.
Cuantía de las ayudas - Las ayudas no superarán los 450.000 euros para pequeñas empresas y los 500.000 euros para otras PYMES. - La base subvencionable mínima será de 750.000 euros.
Plazos de ejecución Las actividades o proyectos subvencionados deberán iniciarse después de la solicitud de la ayuda y antes del 31 de diciembre de 2024 y finalizarse con anterioridad al 31 de diciembre de 2025.
Subcontratación Hasta el 50% de la actividad subvencionada. Cuando el importe de la subcontratación supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, la persona beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores.
AFM Cluster ofrece el servicio de gestión de ayudas, desde el encaje de proyectos en los programas idóneos de financiación y redacción de memorias, hasta la tramitación administrativa de los expedientes, por lo que no duden en contactar con nosotros en caso de estar interesados en este apoyo (Tlf.: 943 30 90 09 - afm@afm.es)
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