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CAV 24.21 PROGRAMA DESCARBONIZACIÓN INDUSTRIAL. CONVOCATORIA 2024
El Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, del Gobierno Vasco, ha hecho pública la convocatoria de ayudas del "Programa de Descarbonización Industrial".
Objetivo Subvencionar a las empresas industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial que conlleven mejora del nivel de protección medio ambiental a través de la descarbonización en sus procesos productivos industriales y, por tanto, la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.
Beneficiarios Grandes empresas y PYMES que cumplan con la característica de ser industriales extractivas, transformadoras, productivas y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial cuyas inversiones objeto de la ayuda se localicen en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Plazo de solicitud Hasta el 20 de junio de 2024.
Características de la ayuda 1. Efecto incentivador No podrá iniciarse antes de la fecha de presentación de la solicitud.
2. Horizonte temporal Deberá realizarse durante el año en que se presenta la solicitud, desde la fecha de su presentación, y durante los dos años naturales siguientes, en función de sus características y de sus planes empresariales.
3. Inversión admitida mínima Las empresas (Grandes o Pymes) deberán alcanzar una inversión admitida mínima de 100.000 de euros entre la suma de los epígrafes 212, 213, 215 y 217 del PGC.
4. Los recursos propios de la empresa, excluidas las subvenciones, alcancen, al menos, el 25% del importe de la inversión considerada subvencionable.
5. Las inversiones a considerar deberán realizarse por una sola entidad jurídica, en el caso de que dispongan de varios centros productivos, únicamente, en el centro productivo o centros productivos que cumplan con los criterios de la presente norma y sean objeto de la inversión.
Tipo de ayuda Las subvenciones a conceder, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, adoptarán la forma de subvenciones a fondo perdido y ascenderán a los siguientes porcentajes: - El 20% de la inversión susceptible de apoyo. - La intensidad de ayuda se incrementará en 5 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a medianas empresas y en 10 puntos porcentuales si las ayudas van destinadas a pequeñas empresas. - La intensidad de ayuda se incrementará en dos puntos y medio porcentuales (2,5%) en el caso de las inversiones situadas en la Zona Margen Izquierda Ampliada (Bizkaia) integrada por los siguientes municipios: Abanto y Ciérvana – Abanto Zierbena, Alonsotegi, Artzentales, Balmaseda, Erandio, Galdames, Güeñes, Karrantza Harana/Valle de Carranza, Muskiz, Ortuella, Portugalete, Santurtzi, Sestao, Sopuerta, Trucios – Tuztzioz, Valle de Trápaga - Trapagaran, Zierbena. - Las subvenciones tendrán un límite máximo por empresa y/o grupo de empresas de 1.500.000,00 euros.
Inversión susceptible de apoyo Se considera inversión subvencionable la adquisición de activos fijo que se incorporen al activo de la empresa y que cumplan los siguientes requisitos: a) Que se encuentren en alguna de las siguientes categorías: instalaciones técnicas, maquinaria, otras instalaciones y equipos para procesos de información. A modo de ejemplo, y sin carácter limitativo, podrán ser objeto de subvención la siguiente tipología de inversiones: sistemas de recuperación de calores residuales, inversiones que permitan sustituir o reducir el consumo de combustibles fósiles tales como utilización de hidrógeno de origen renovable o combustibles procedentes de biomasa, electrificación de procesos térmicos (bomba de calor y otros), sistemas digitales de control y ahorro de consumo energético, etc. b) Que sean utilizados o entren en funcionamiento por primera vez. c) Que tengan establecido un período mínimo de amortización de cinco años para grandes empresas debiendo permanecer, al menos, cinco años en el activo de la misma. En el caso de Pymes, estos períodos se reducen a tres años. d) Que no hayan sido fabricados por la propia empresa solicitante. e) Que no se hallen cedidos a terceros, con o sin contraprestación.
AFM Cluster ofrece el servicio de gestionar todas estas ayudas, desde el encaje de proyectos en los programas idóneos de financiación y redacción de memorias, hasta la tramitación administrativa de los expedientes.
Para cualquier aclaración al respecto o ampliación de información, por favor, no duden en contactar con nosotros (Tlf.: 943 30 90 09 - afm@afm.es)
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