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  • 13-03-2020
  • FINANCIACIÓN Y SUBVENCIONES

GI 20.02 SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES EN ECONOMÍA CIRCULAR Y USO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES

El Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Gipuzkoa ha hecho pública la convocatoria de subvenciones para la realización de actuaciones que promuevan la sostenibilidad y la mejora medioambiental en Gipuzkoa:
- Subvenciones para actuaciones en materia de prevención, reutilización y reciclaje de residuos. Economía circular
- Subvenciones para el impulso a nivel local del uso de las energías renovables así como del ahorro y la eficiencia energética.

Subvenciones para actuaciones en materia de prevención, reutilización y reciclaje de residuos. Economía circular

Plazo de presentación de solicitudes
Hasta el 21 de abril de 2020

Descripción
Subvenciones para adquisiciones de elementos del inmovilizado material relacionadas con las actuaciones subvencionables.
La actuación a subvencionar deberá estar sin iniciarse a fecha de 1 de enero de 2020 y deberá ejecutarse y justificarse para el 31 de octubre de 2020.
Cada entidad podrá realizar un máximo de dos solicitudes.

Criterios de valoración
Unicamente se subvencionarán los proyectos que, hayan obtenido un mínimo de 40 puntos conforme a los criterios de valoración establecidos.

Importe de la subvención
La cuantía de la subvención no podrá exceder del 75% del importe de los gastos subvencionables, con un máximo de 40.000 euros por actuación.
El presupuesto mínimo admisible será de 2.000 euros.

Subcontratación
Se podrá subcontratar hasta el 100%.

Gastos subvencionables
En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al del valor de mercado.
Tendrán la consideración de gastos subvencionables los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración si están directamente relacionados con la actividad subvencionada.
Los gastos de personal no superarán el 75% del presupuesto del proyecto.

Plazo de presentación de solicitudes
Hasta el 6 de abril de 2020

Subvenciones para el impulso a nivel local del uso de las energías renovables así como del ahorro y la eficiencia energética

Actuaciones subvencionables
Se considerarán actuaciones subvencionables las siguientes:

A) Planes y estudios en materia de energía:
A.1. Generales y Multisectoriales
- Planes multisectoriales de definición y ordenación de la acción municipal o comarcal en materia energética.
- Estudios y planes de reducción (corrección y prevención) de la pobreza y vulnerabilildad energética.
- Estudios y planes para la mejora de la eficiencia energética en barrios residenciales, polígonos industriales, núcleos rurales, etc.
- Estudios de viabilidad de implantación de redes de calor de distrito y/o redes de electricidad distribuidas alimentadas con energías renovables.
- Estudios del potencial y los recursos existentes para la producción de energía y calor en base a energías renovables

B. Proyectos e Inversiones en instalaciones de energías renovables nuevas o ampliaciones de existentes:
- Instalaciones solares térmicas de baja temperatura
- Instalaciones solares fotovoltaicas aisladas o conectadas a la red eléctrica.
- Instalaciones eólicas aisladas o conectadas a las redes eléctricas.
- Instalaciones de aprovechamiento energético de la biomasa. Asimismo, se subvencionarán nuevos enganches a instalaciones ya existentes de district heating-cooling que utilicen biomasa.
- Instalaciones de aprovechamiento geotérmico. Asimismo, se subvencionarán nuevos enganches a instalaciones ya existentes de district heating-cooling que utilicen energía geotérmica.

Importe de la subvención
90.000 euros para planes y estudios en materia de energía y 168.672 euros para inversiones en instalaciones de energías renovables.
No podrá superar el 75% de los gastos subvencionables en el caso de estudios y planes, ni del 50% en el caso de inversiones instalaciones de energías renovables, ni de un máximo de 30.000 euros por solicitud.
No se podrán acoger a la presente convocatoria de subvenciones aquellas actuaciones cuyo gasto subvencionable sea inferior a 3.000 euros.

Requisitos
Cada entidad podrá realizar un máximo de dos solicitudes, de las que una deberá enclavarse en el apartado A)planes y estudios en materia de energía y la otra en el apartado B)proyectos e inversiones en instalaciones de energías renovables..
La actuación a subvencionar deberá estar sin iniciarse a fecha de 1 de enero de 2020 y deberá ejecutarse y justificarse para el 31 de octubre del 2020 salvo que resulte de aplicación lo dispuesto en la base 13.

Subcontratación
Se podrá subcontratar hasta el 100%.

Gastos subvencionables
En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al del valor de mercado.

AFM Cluster cuenta con un servicio mediante el cual podemos asesorar y ayudar en la presentación de solicitudes.En el caso de querer contar con nuestro asesoramiento, les pedimos contacten con nosotros lo antes posible.

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