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  • 04-09-2020
  • TECNOLOGÍA

GI 20.09 CONVOCATORIA DE AYUDAS “PROGRAMA PARA EL IMPULSO DE LA CIBERSEGURIDAD EN LAS EMPRESAS EN GIPUZKOA”

La Diputación Foral de Gipuzkoa ha hecho pública la convocatoria del Programa Impulso de la Ciberseguridad en las empresas en Gipuzkoa. Este programa se compone de las siguientes líneas de financiación:
1. Fortalecimiento de la ciberseguridad en las empresas.
2. Investigación y desarrollo en ciberseguridad.
3. Teletrabajo seguro.

Plazo de presentación de solicitudes
15 de octubre de 2020

Beneficiarios
Empresas radicadas en Gipuzkoa

1. FORTALECIMIENTO DE LA CIBERSEGURIDAD EN LAS EMPRESAS
Requisitos de los proyectos
Plazo máximo final de proyectos y su justificación: hasta el 10 de septiembre de 2021.
Cada entidad podrá presentar como máximo un total de 2 proyectos.

Gastos subvencionables
Los gastos derivados de la contratación de asesoramiento especializado para la realización de trabajos de:
a) Diagnóstico de situación del hardware/software en relación a la ciberseguridad, situación organizativa de la empresa en relación con la ciberseguridad.
b) Redacción de un Plan de Ciberseguridad que deberá incluir recomendaciones concretas y costes estimados.
c) Acompañamiento en el despliegue y ejecución de un Plan de Ciberseguridad. En este apartado se considerarán subvencionables las intervenciones derivadas de un plan de ciberseguridad, anterior o elaborado en el marco del presente programa de ayudas.
d) Costes relacionados con la sensibilización y/o la formación en ciberseguridad que se realicen con el personal de la empresa.

No serán tenidos en consideración los gastos internos.

Porcentaje de subvención
En función del tamaño de la empresa, los proyectos se subvencionarán en los siguientes porcentajes:
- Empresas de menos de 50 empleos: 70%
- Empresas entre 50 y 249 empleos: 60%
- Empresas de 250 o más empleos: 50%
Se subvencionará con un 5 % adicional aquellos proyectos que, previa a la presentación de la solicitud al programa, hayan realizado un análisis de autodiagnóstico, conforme a la metodología promovida por ZIUR, lo que deberá acreditarse adjuntando a la solicitud una copia de dicho documento.

El autodiagnóstico se encuentra disponible en la web https://diagnostikoa.ziur.eus.

Cuantía máxima de subvención
La subvención máxima por empresa será de 15.000 €.

Descarga de documentos (click aquí)

Estas ayudas están se encuentran bajo el régimen de minimis.

2. INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO EN CIBERSEGURIDAD
Requisitos de los proyectos
Los proyectos no podrán haberse iniciado con anterioridad a la presentación de la solicitud:
a) En el caso de una PYME tiene efecto incentivador si antes de comenzar a trabajar en el proyecto o actividad, el beneficiario ha presentado la solicitud de ayuda.
b) En el caso de grandes empresas tiene efecto incentivador si antes de comenzar a trabajar en el proyecto o actividad, el beneficiario ha presentado la solicitud de ayuda y además deberá acreditar que la ayuda tendrá uno o varios de los siguientes resultados:
  - Un aumento sustancial del alcance del proyecto o actividad gracias a las ayudas, o
  - Un aumento sustancial del importe total invertido por el beneficiario en el proyecto o actividad gracias a las ayudas, o
  - Una aceleración sustancial del ritmo de ejecución del proyecto o actividad de que se trate.

Cada entidad solo podrá presentar un único proyecto.

Gastos subvencionables
Costes de personal; costes de instrumental y material; costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes; gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, el conjunto de estos gastos no podrá superar el 20% del coste del personal interno implicado en el proyecto, sin que sea necesaria su justificación.

Porcentaje de subvención
50% de los costes subvencionables en el caso de proyectos de investigación industrial y 25 % de los costes subvencionables en el caso de proyectos de desarrollo experimental.
Las intensidades de ayuda podrán aumentarse hasta un máximo del 80 % de los costes subvencionables:
a) En 10 puntos porcentuales en el caso de las medianas empresas y en 20 puntos porcentuales en el caso de las pequeñas empresas.
b) En 15 puntos porcentuales si se cumple alguna de las condiciones (que sea una colaboración efectiva, que se difundan los resultados).

Cuantía máxima de subvención
Subvención máxima: hasta 50.000 €

Descarga de documentos (click aquí)

3. TELETRABAJO SEGURO
Requisitos de los proyectos
Plazo máximo final de proyectos y su justificación: hasta el 10 de septiembre de 2021.
Cada entidad solo podrá presentar un único proyecto.

Modalidad de los proyectos
Proyectos de carácter individual, como proyectos en colaboración; en este caso, cada entidad participante deberá realizar su solicitud de manera independiente. Los proyectos en colaboración serán evaluados de manera conjunta.

Actuaciones subvencionables
- La difusión, sensibilización y concienciación.
- La formación, diseño y desarrollo de a ctuaciones de adquisición de competencias específicas.
- La creación y dinamización de grupos de trabajo con empresas en torno a la ciberseguridad.
- Cualesquiera otros de carácter similar que contribuyan a los fines del programa.

Gastos subvencionables
Gastos de personal interno y las subcontrataciones.
Si se trata de personal interno se valorará al coste real para la empresa, considerándose elegibles hasta un valor máximo de 40 euros/hora.

Porcentaje de subvención
La subvención será del 75 % de los costes. Si la puntuación obtenida supera los 70 puntos, será del 100 % de los costes.

Cuantía máxima de subvención
La subvención máxima por proyecto y año será de 15.000 euros.

Descarga de documentos (click aquí)

Estas ayudas se encuentran bajo el régimen de minimis.

AFM Cluster ofrece el servicio de gestionar todas estas ayudas, desde el encaje de proyectos en los programas idóneos de financiación y redacción de memorias, hasta la tramitación administrativa de los expedientes. Para cualquier aclaración al respecto y/o ampliación de información, no duden en ponerse en contacto con nosotros (Tlf.: 943 30 90 09 - invema@invema.es)

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